Concurso de acreedores Juan Felipe Santiago Perez Y Francisco Romero Vela Cb
El 07-01-2009, Juan Felipe Santiago Perez Y Francisco Romero Vela Cb, en EL CAMPELLO (Alicante) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de CÁDIZ. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el E03274479. La principal actividad de la empresa Juan Felipe Santiago Perez Y Francisco Romero Vela Cb es reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico.
Información General de Juan Felipe Santiago Perez Y Francisco Romero Vela Cb
Nombre de la mercantil: Juan Felipe Santiago Perez Y Francisco Romero Vela Cb
Localidad: EL CAMPELLO
Provincia: Alicante
Dirección: SANT BARTOMEU 11803560 EL CAMPELLO
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: E03274479
Número De Insolvencia: E03274479
Juzgado: Juzgado de CÁDIZ
Actividad Principal de Juan Felipe Santiago Perez Y Francisco Romero Vela Cb
La actividad de la empresa Juan Felipe Santiago Perez Y Francisco Romero Vela Cb es Otros servicios
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
01-04-2009
19642
Auto de declaración de concurso voluntario
E D I C T ODª. COVADONGA HERRERO UDAONDO, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE CÁDIZ, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 23 DE LA LEY CONCURSAL (LC)A N U N C I A1º.- Que en el procedimiento número 823/2008, por auto de 7 de enero de 2009, se ha declarado en Concurso Voluntario al deudor FRANCISCO FELIPE GAVILÁN ROMERO, con DNI NÚM. 28.370.592-T, con domicilio en el Pago Las Quintas de Pamplina s/n (Barrio Nuevo), Conil de la Frontera (Cádiz).2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de QUINCE DÍAS a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el periódico Europa Sur .4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).En Cádiz a, 21 de enero de 2009.- LA SECRETARIA JUDICIAL.