Concurso de acreedores Juan Jose Jimenez Arburua Carolina Y Valle Cobos
El 03-09-2018, Juan Jose Jimenez Arburua Carolina Y Valle Cobos, en BURLADA/BURLATA (Navarra) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de VALENCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el J71195200. La principal actividad de la empresa Juan Jose Jimenez Arburua Carolina Y Valle Cobos es actividades de construcción especializada.
Información General de Juan Jose Jimenez Arburua Carolina Y Valle Cobos
Nombre de la mercantil: Juan Jose Jimenez Arburua Carolina Y Valle Cobos
Localidad: BURLADA/BURLATA
Provincia: Navarra
Dirección: MAYOR 231600 BURLADA/BURLATA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: J71195200
Número De Insolvencia: J71195200
Juzgado: Juzgado de VALENCIA
Actividad Principal de Juan Jose Jimenez Arburua Carolina Y Valle Cobos
La actividad de la empresa Juan Jose Jimenez Arburua Carolina Y Valle Cobos es Construcción
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Publicaciones Concurso de acreedores Juan Jose Jimenez Arburua Carolina Y Valle Cobos:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
21-05-2019
A190027837
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoDoña Laura Maria Alonso Ramos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.° 11 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley concursal, por el presente, hago aaber:Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Ordinario – 000191/2018, habiéndose dictado en fecha veintinueve de agosto de dos mil dieciocho por el Ilmo./a. Sr./Sra. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso voluntario abreviado de acreedores del deudor Dona Carolina Juan Jimenez con cif/dni, número 29186486 S, con domicilio en Calle Isla Cabrera Numero 23, en el que se ha dictado la siguiente resolución que tiene el carácter de firme y cuya parte dispositiva es la siguiente (Art. 24-5.° de la Ley Concursal).Que se ha acordado la suspensión del concursado de las funciones de disposición y administración de su patrimonio.Que se ha nombrado administrador concursal a Doña Teresa Ribelles Arellano Dni 22553656V con domicilio en la calle de la Paz 44,2 B, dirección de correo electrónico [email protected] de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado, puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y Procurador.Valencia, 3 de septiembre de 2018.- Letrado de la Administracion de Justicia, Laura Maria Alonso Ramos.
21-05-2019
A190028247
EdictoDoña Laura Maria Alonso Ramos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n° 11 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley concursal, por el presente, hago saber:Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Ordinario – 000191/2018, habiéndose dictado en fecha veintinueve de agosto de dos mil dieciocho por el Ilmo./a. Sr./Sra. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso voluntario abreviado de acreedores del deudor Dona Carolina Juan Jimenez con cif/dni, número 29186486 S, con domicilio en Calle Isla Cabrera Numero 23, en el que se ha dictado la siguiente resolución que tiene el carácter de firme y cuya parte dispositiva es la siguiente (Art. 24-5° de la Ley Concursal).Que se ha acordado la suspensión del concursado de las funciones de disposición y administración de su patrimonio.Que se ha nombrado administrador concursal a Doña Teresa Ribelles Arellano Dni 22553656V con domicilio en la calle de la Paz 44,2 B, dirección de correo electrónico [email protected] de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado, puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y Procurador.Valencia, 3 de septiembre de 2018.- Letrado de la Administracion de Justicia, Laura María Alonso Ramos.
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