Concurso de acreedores terminado Juan Naranjo Apolinario SL

Concurso de acreedores terminado Juan Naranjo Apolinario SL

El 30-01-2012, Juan Naranjo Apolinario SL, en INGENIO (Palmas (Las)) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B35380138. La principal actividad de la empresa Juan Naranjo Apolinario SL es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Juan Naranjo Apolinario SL

Nombre de la mercantil: Juan Naranjo Apolinario SL
Localidad: INGENIO
Provincia: Palmas (Las)
Dirección: DOCTOR JUAN ESPINO SANCHEZ 2235250 INGENIO
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B35380138
Número De Insolvencia: B35380138
Juzgado: Juzgado de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Actividad Principal de Juan Naranjo Apolinario SL

La actividad de la empresa Juan Naranjo Apolinario SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

Publicaciones:

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

24-11-2018
A180069783

 

Cese de los Administradores

Alzamiento de las limitaciones de administración

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
Doña ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presenteHace saber: Que en el procedimiento concursal número 56/2011, se ha dictado en fecha 12/11/2018 auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil JUAN NARANJO APOLINARIO, S.L. con CIF B-35380138, cuya parte dispositiva el del tenor literal siguiente:Se declara la conclusión del concurso de Juan Naranjo Apolinario, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa. En todos los casos de conclusión del concurso, cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes.Se acuerda la extinción de la sociedad Juan Naranjo Apolinario, S.L., con CIF n.º B-35380138, y se acuerda la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución firme. La sociedad figura inscrita al Tomo 1188, Folio 138, Hoja GC-11424.Las Palmas de Gran Canaria, 21 de noviembre de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.

02-06-2014
A140027031

 

Plan de liquidación

Aprobación del plan de liquidación

 
EdictoDoña Águeda Reyes Almeida, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 56/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso de Naranjo Apolinario, S.L., con CIF B-35380138, se ha dictado Auto aprobando plan de liquidación en fecha 20 de mayo de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:Haber lugar a la aprobación del plan de liquidación presentado por la Administración Concursal en sus propios términos. En todo lo no previsto se estará a las normas supletorias del artículo 149 y siguiente de la Ley Concursal.Procédase a la apertura de la sección de calificación del concurso, que se regulará conforme a lo establecido en los artículos 163 y siguientes de la Ley Concursal. Dicha sección se encabezará con testimonio de la resolución judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, la documentación aportada por el deudor, el auto de declaración de concurso y el informe de la administración.Se hace saber que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en el plazo de diez desde la última de las publicaciones de la presente resolución a los efectos establecidos en el artículo 168 de la Ley Concursal.Hágase saber a la administración del concurso que en el plazo de quince días posteriores a la expiración de los plazos de los interesados habrá de presentar un informe en los términos establecidos en el artículo 169 de la Ley Concursal.Las Palmas de Gran Canaria, 20 de mayo de 2014.- La Secretaria judicial.

18-12-2013
A130067003

 

Cese de los Administradores

Apertura de la fase de liquidación

Apertura de la sección quinta

Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados

 
Edicto.Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 56/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso de «Naranjo Apolinario, S.L.», con CIF B-35380138, se ha dictado Auto acordando la apertura de la fase de liquidación, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:Se acuerda la apertura de la fase liquidación, formándose la Sección Quinta de este concurso con testimonio del Auto de Declaración de Concurso y de esta resolución.De la presente resolución dése la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley.Se declara la disolución y en su caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por los administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en este Ley Concursal.Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.Se hace saber a los administradores que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal.Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.Las Palmas de Gran Canaria, 28 de noviembre de 2013.- Secretaria Judicial.

14-06-2012
A120042744

 

Presentación del Informe de la administración concursal

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
EdictoDoña María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria,Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal número 56/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso de «Naranjo Apolinario, S.L.» y CIF n.º B-35380138, se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.Las Palmas de Gran Canaria, 4 de junio de 2012.- Secretaria Judicial.

08-02-2012
A120005433

 

Auto de declaración de concurso

Cese de los Administradores

 
EdictoD./Dña. Teresa Hernández Rivero secretario/a judicial del Juzgado de lo mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria.Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000056/2011, seguido a instancias del procurador/a D./Dña. Araceli Colina Naranjo, en nombre y representación de «Juan Naranjo Apolinario, S.L.», se ha dictado auto el día 23 de enero de 2.012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:Se declara el concurso de la mercantil «Juan Naranjo Apolinario, S.L.» Con cif, n.º B-35380138 el que se tramitará por el procedimiento ordinario.A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.Conforme prevé el art. 23 de la ley concursal el presente edicto se insertará en el registro público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el boletín oficial del estado.Se designan como administradores del concurso a: Carlos Suárez Matos, como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de vecindario, calle jerónimo falcón núm. 11, local b; teléfono: 928 122 030/629 47 10 40 y fax: 928 122 030, así como dirección electrónica: [email protected] cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda su intervención.Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el «boletín oficial del estado» del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la ley 22/2003, de 9 de julio, concursal en el domicilio designado por la administración concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada ley.Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 lc.).D./Dña. Alberto López Villarrubia, Magistrado juez. D./Dña. Teresa Hernández Rivero, secretario/a judicial. – firmados y rubricados.Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la ley concursal, se expide el presente edicto.Las Palmas de Gran Canaria, 30 de enero de 2012.- Secretaria Judicial.

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