Concurso de acreedores terminado Juanymar S.L.
El 22-12-2006, Juanymar S.L., en MURCIA (Murcia) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MURCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B30280309. La principal actividad de la empresa Juanymar S.L. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido.
Información General de Juanymar S.L.
Nombre de la mercantil: Juanymar S.L.
Localidad: MURCIA
Provincia: Murcia
Dirección: ESTACION 030580 MURCIA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B30280309
Número De Insolvencia: B30280309
Juzgado: Juzgado de MURCIA
Actividad Principal de Juanymar S.L.
La actividad de la empresa Juanymar S.L. es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
22-12-2020
A200064588
Conclusión del concurso
EdictoDoña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia, anuncia:1º.- Que en el procedimiento Concurso 425/2006 de JUANYMAR, S.L., con CIF B30280309, se ha dictado el 16 de diciembre de 2020 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento.2º.- El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 465 del Texto Refundido de la Ley Concursal.Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en el artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe.Murcia, 16 de diciembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.
11-03-2010
15339
Aprobación del convenio
Edicto.Concha Ruiz García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, anuncia:1.- Que en el procedimiento concurso ordinario 0000425 /2006 se ha dictado el 12 de noviembre de 2009 sentencia aprobando judicialemente el convenio propuesto por la deudora Juanymar, S.L. y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día día 22 de julio de 2009.2.- La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de la normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC.El convenio está de manifiesto en la Secretaria del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.Y par que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, 24 y 132 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe.Murcia, 5 de marzo de 2010.- La Secretario Judicial.
22-12-2006
n/a
Auto de declaración de concurso voluntario
Se declara en concurso que tiene carácter voluntario a la mercantil «Juanymar S.L.», la cual conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de estas a la intervención de los Administradores Concursales.