Concurso de acreedores La Huertanica SL

Concurso de acreedores La Huertanica SL

El 22-12-2011, La Huertanica SL, en LA CATEDRAL (Murcia) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MURCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B30209639. La principal actividad de la empresa La Huertanica SL es servicios de alojamiento. Se ha abierto la sección 6.

Información General de La Huertanica SL

Nombre de la mercantil: La Huertanica SL
Localidad: LA CATEDRAL
Provincia: Murcia
Dirección: INFANTES 530001 LA CATEDRAL
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B30209639
Número De Insolvencia: B30209639
Juzgado: Juzgado de MURCIA

Actividad Principal de La Huertanica SL

La actividad de la empresa La Huertanica SL es Servicios de alojamientos, comidas y bebidas

Publicaciones:

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

23-01-2014
A140000634

 

Aprobación del convenio

Apertura de la sección seis

 
E D I C T OEL Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, anuncia,1.- Que en el procedimiento concursal número CNA 426/11, se ha dictado el 7-1-14 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por La Huertanica S.L. y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 19-11-13.2.- La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC.El convenio está de manifiesto en la Secretaria del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.3.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Murcia que debe ser presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de veinte días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en la web www.oficinajudicialmurcia.es y en el BOE.4 -.Se hace saber a los interesados que, en el plazo de diez días a partir de la publicación del presente, podrán personarse y ser parte en la sección 6.ª de este concurso alegando por escrito cuanto consideren relevante para la calificación del concurso como culpable.Murcia, 8 de enero de 2014.- La Secretaria judicial.

17-06-2013
A130034494

 

Convocatoria de Junta de Acreedores

 
Edicto.Ángela Quesada Martos, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia anuncia:1.- Que en el procedimiento concursal número Sección I Declaración Concurso 426/2011 referente al concursado La Huertanica, S.L., se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 21 de noviembre de 2013 a las 11.00 horas en las oficinas de este juzgado.Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del articulo 115.3 de la LC.3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el articulo 118 de la LC.Murcia, 4 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.

25-04-2012
A120023739

 

Presentación del Informe de la administración concursal

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
EdictoDoña Macarena Valcarcel García, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, anuncia:1.-Que en la Sección I Declaración Concurso 0000426/2011, referente al deudor La Huertanica, S.L., con CIF B30209639, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.2.-Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.3.-Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).Murcia, 16 de abril de 2012.- La Secretaria judicial.

15-02-2012
A120005999

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
EdictoD.ª Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia, por el presente, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I, Declaración Concurso 426/11, se ha dictado a instancias del Procurador Sr. Lozano Semitiel en fecha 22-12-11 auto de declaración de concurso voluntario del deudor La Huertanica, S.L., con CIF B30209639, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Murcia, domicilio social en C/ infantes, nº 5.2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor con la autorización y/o conformidad de la Administración concursal, recaída en la letrada Sra. Maria Jose Valverde Martinez, con domicilio en C/ González Adaliz, nº 11, 3º dcha., 30001 de Murcia, teléfono y fax 968213196 y correo electrónico «[email protected]».3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá remitirse a la Administración Concursal por correo postal o e-mail en el plazo de quince días a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artº 184.3 Ley Concursal).Murcia, 1 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial.

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