Concurso de acreedores La Marina De Naos SL
El 13-05-2011, La Marina De Naos SL, en SAN BARTOLOME (Palmas (Las)) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B35815786. La principal actividad de la empresa La Marina De Naos SL es construcción de edificios. El síndico ha presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos.
Información General de La Marina De Naos SL
Nombre de la mercantil: La Marina De Naos SL
Localidad: SAN BARTOLOME
Provincia: Palmas (Las)
Dirección: DEL MAYOR 035550 SAN BARTOLOME
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B35815786
Número De Insolvencia: B35815786
Juzgado: Juzgado de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Actividad Principal de La Marina De Naos SL
La actividad de la empresa La Marina De Naos SL es Construcción
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
27-11-2017
A170085528
Doña Ãgueda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas, por el presenteHace saber: Que en el procedimiento concursal número 17/2011 se ha dictado auto en fecha 31 de octubre de 2017 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:Se declara la conclusión del concurso de La Marina de Naos, S.L.Se acuerda la extinción de la sociedad La Marina de Naos, S.L., con CIF B-35815786, y se acuerda la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Lanzarote, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución firme.Las Palmas de Gran Canaria, 23 de noviembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
23-02-2012
A120007777
Presentación del Informe de la administración concursal
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
Edicto.Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria.Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 0000017/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso de La Marina de Naos, S.L. y cif n.º B-35815786, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.Las Palmas de Gran Canaria, 8 de febrero de 2012.- Secretaria Judicial.
30-05-2011
39739
Auto de declaración de concurso
Cese de los Administradores
EdictoDoña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente,Hace saber: que en el procedimiento concursal 0000017/2011, seguido a instancias del Procurador/a Don/ña. Mercedes Ramírez Jiménez, en nombre y representación de D./Dña. La Marina de Naos, S.L., se ha dictado Auto el día 13 de mayo de 2011, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:Se declara el concurso de La Marina de Naos S.L.. con CIF B-35815786, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.Se designan como Administradores del concurso a: D/ña. Juan Claudio Almeida Santana., como Abogado, D/ña. Javier Álvarez Cabrera, como Economista y a Gesarq estudio de arquitectura, S.L.P., como acreedor.En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el n.º 5 del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).Don Jesús Alemany Eguidazu, Magistrado-Juez. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a Judicial. – Firmados y rubricados.Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto enLas Palmas de Gran Canaria, 16 de mayo de 2011.- Secretaria Judicial.