Concurso de acreedores Lennog Soluciones Integrales SL.
El 01-07-2019, Lennog Soluciones Integrales SL., en PINTO (Madrid) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de MADRID. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B87893483. La principal actividad de la empresa Lennog Soluciones Integrales SL. es construcción de edificios.
Información General de Lennog Soluciones Integrales SL.
Nombre de la mercantil: Lennog Soluciones Integrales SL.
Localidad: PINTO
Provincia: Madrid
Dirección: POETA JOSE HIERRO 128320 PINTO
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B87893483
Número De Insolvencia: B87893483
Juzgado: Juzgado de MADRID
Actividad Principal de Lennog Soluciones Integrales SL.
La actividad de la empresa Lennog Soluciones Integrales SL. es
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Publicaciones Concurso de acreedores Lennog Soluciones Integrales SL.:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
16-12-2019
A190070945
Doña Maria Jesús Rodríguez Fernández, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 4 de Madrid,Hace saber:1.- Que en el Concurso Abreviado 1071/2019, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2018/0237594, por Auto de fecha 1 de julio de 2019, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a LENNOG SOLUCIONES INTEGRALES, S.L., con nº de identificación B 87893483, y domiciliado en la calle José Hierro nº 1 de Pinto, CP 28320 (Madrid).2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal.4.- La identidad de la Administración concursal es don Antoni Segui Alcaraz, con NIF 52712814B y domicilio postal en la calle Velázquez nº 52 (CP 28001 Madrid), y dirección electrónica [email protected] ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de crédito de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.esMadrid, 5 de julio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Rodríguez Fernández.
24-10-2019
A190058912
Auto de declaración de concurso voluntario
Doña María Jesús Rodríguez Fernández, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 4 de Madrid,Hace saber:1.-Que en el concurso abreviado 1071/2019, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2018/0237594, por auto de fecha 1 de julio de 2019, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a LENNOG SOLUCIONES INTEGRALES, S.L., con n.º de identificación B 87893483, y domiciliado en la Calle José Hierro, nº. 1, Pinto CP 28320 (Madrid).2.-Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.3.-Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la administración concursal.4.-La identidad de la Administración concursal es D. Antoni Seguí Alcaraz, con NIF 52.712.814 B, con domicilio postal en la Calle Velázquez, n.º 52, CP 28001, Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.5.-Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.6.-Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.esMadrid, 5 de julio de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Rodríguez Fernández.
Última dirección de Lennog Soluciones Integrales SL.: