Concurso de acreedores Lm Almacenaje Y DiStribucion Sa (En Liquidacion)

Concurso de acreedores Lm Almacenaje Y DiStribucion Sa (En Liquidacion)

El 09-09-2013, Lm Almacenaje Y DiStribucion Sa (En Liquidacion), en EL PAPIOL (Barcelona) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A60187911. La principal actividad de la empresa Lm Almacenaje Y DiStribucion Sa (En Liquidacion) es almacenamiento y actividades anexas al transporte.

Información General de Lm Almacenaje Y DiStribucion Sa (En Liquidacion)

Nombre de la mercantil: Lm Almacenaje Y DiStribucion Sa (En Liquidacion)
Localidad: EL PAPIOL
Provincia: Barcelona
Dirección: ENRIC GRANADOS, S/N – NAV 12 008754 EL PAPIOL
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A60187911
Número De Insolvencia: A60187911
Juzgado: Juzgado de BARCELONA

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Actividad Principal de Lm Almacenaje Y DiStribucion Sa (En Liquidacion)

La actividad de la empresa Lm Almacenaje Y DiStribucion Sa (En Liquidacion) es Transporte y almacenamiento

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Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

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13-11-2014
A140055742

 
Doña Maria Aranzazu Alameda López, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 596/13, en el que se ha dictado auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad. L.M. Almacenaje y Distribución, S.A., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:Número de asunto: Concurso voluntario 596/13 Seccion C2.Nig del procedimiento: 0801947120138004197.Entidad concursada: L.M. Almacenaje y Distribución, S.A., con Cif n.º A-60187911 y domicilio en C. Enrique Granados, s/n, nave 3, Pol. Ind. El Papiol, 08754 Papiol (Barcelona).Tipo de concurso: Voluntario.Fecha del auto de concurso: 29.10.2014.Barcelona, 29 de octubre de 2014.- La Secretaria Judicial.

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24-09-2013
A130052031

 

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Auto de declaración de concurso

 
Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,Hago saber:Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 596/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad L.M. Almacenaje y Distribución, S.A., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:Número de asunto: Concurso voluntario 596/13, sección C2.NIG del procedimiento: 4351/2013.Entidad concursada: L.M. Almacenaje y Distribución, S.A., con CIF n.º: A60187911.Tipo de concurso: Voluntario.Fecha del auto de declaración: 9-09-2013.Administradores concursales: Joaquín Sarrate Pou, con domicilio social en Avd. Diagonal, 611, 8.º Am 08028 Barcelona (Barcelona), telefono núm. 934 44 18 76 y correo electrónico [email protected] del concursado: IntervenidoForma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administracion concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.Barcelona, 10 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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