Concurso de acreedores terminado M V Ividcom Datavid SL
El 03-07-2013, M V Ividcom Datavid SL, en BADALONA (Barcelona) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B61036414. La principal actividad de la empresa M V Ividcom Datavid SL es fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos. El concurso ha concluido.
Información General de M V Ividcom Datavid SL
Nombre de la mercantil: M V Ividcom Datavid SL
Localidad: BADALONA
Provincia: Barcelona
Dirección: NAVARRA, 15 – 17 008014 BARCELONA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B61036414
Número De Insolvencia: B61036414
Juzgado: Juzgado de BARCELONA
Actividad Principal de M V Ividcom Datavid SL
La actividad de la empresa M V Ividcom Datavid SL es Industria
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
03-11-2020
A200051999
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Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Mira también:Concurso de acreedores terminado Gastronorm Europa SaConclusión del concurso
Doña Rosalía Osorio Tenorio, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, n.º 3, de Barcelona,Hago saber: Que en el Concurso abreviado 471/2013-C4, se dictó Auto de conclusión y archivo núm. 246/2020, de fecha 26 de octubre de 2020, por el que se ha declarado concluso el concurso de MV. IVIDCOM-DATAVID, S.L., con NIF B61036414, con domicilio en plaza del Vapor, 5, B, polígono industrial Les Guixeres, 08915 Badalona.La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 481.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.Barcelona, 26 de octubre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Rosalía Osorio Tenorio.
23-09-2013
A130051933
Auto de declaración de concurso
Edicto dando publicidad a la declaración de concursoDoña Natalia Ramos Lain, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 471/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad MV. Ividcom-Datavid, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:Número de asunto. – Concurso voluntario 471/2013, Sección C4.NIG del procedimiento.- 0801947120138003226.Entidad concursada.- MV. Ividcom-Datavid, S.L., con CIF n.º B61036414.Tipo de concurso.- Voluntario.Fecha del auto de declaración.- 3 de julio de 2013..Administrador/es concursales.- Don José Francisco Conesa Molina, con domicilio profesional en Mataró (Barcelona), Jaume Ibran, 20, local 2, Apdo. correos 26, 08301, y correo electrónico [email protected] del concursado.- Intervenidas.Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.Llamamiento a los Acreedores y Comunicación de Créditos conforme al art. 85 LC. Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedores, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio ele abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.Barcelona, 2 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.