Concurso de acreedores terminado M V Promoven SL

Concurso de acreedores terminado M V Promoven SL

El 04-04-2011, M V Promoven SL, en CASTILBLANCO DE LOS ARROYOS (Sevilla) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de SEVILLA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B91165647. La principal actividad de la empresa M V Promoven SL es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido.

Información General de M V Promoven SL

Nombre de la mercantil: M V Promoven SL
Localidad: CASTILBLANCO DE LOS ARROYOS
Provincia: Sevilla
Dirección: LEON FELIPE 1041230 CASTILBLANCO DE LOS ARROYOS
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B91165647
Número De Insolvencia: B91165647
Juzgado: Juzgado de SEVILLA

Actividad Principal de M V Promoven SL

La actividad de la empresa M V Promoven SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

Publicaciones:

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

21-05-2015
A150020115

 

Cese de los Administradores

Alzamiento de las limitaciones de administración

Conclusión del concurso

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número uno de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1.º Que en el procedimiento número 355/2011, con NIG 4109142M20110000872, por auto de 05/05/15 se ha concluido el concurso del deudor M.V. PROMOVEN, S.L.2.º La parte dispositiva del auto dice literalmente lo siguiente:Parte DispositivaAcuerdo:1) La conclusión del proceso concursal de M.V. PROMOVEN, S.L., llevado en este mismo Juzgado con el n.º 355/11. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.2) El cese del Administrador concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en el plazo de cinco días.3) La declaración de extinción de la sociedad M.V. PROMOVEN, S.L., con CIF B-91165647 y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil y en los demás públicos que corresponda. Expídase mandamiento al Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.4) Notificar el extracto de esta resolución en el BOE, haciéndose constar que la publicación será gratuita.Librar mandamientos al Registro Mercantil para dejar sin efecto las inscripciones que se hubieran podido practicar por la declaración de concurso, así como para la extinción de la sociedad y el cierre de su hoja registral, debiendo solicitar el instante del concurso cuantos otros les sean necesarios para otros registros públicos. Con tal finalidad se entregarán al Procurador de la instante que deberá acreditar ante este Juzgado en el plazo de cinco días su presentación ante el Registro Mercantil.5) Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso.6) Llevar el original de esta resolución al Libro de Sentencias, dejando testimonio en los autos.7) Una vez los mandamientos hayan sido diligenciados y unidos al expediente, su archivo, previa baja en los libros de su razón.Lo acuerda y firma el Magistrado-Juez Eduardo Gómez López, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil uno Sevilla. Sevilla, 6 de mayo de 2015.- Secretaria judicial.

29-03-2012
A120016915

 

Finalización de la fase común

Apertura de la fase de liquidación

 
El Juzgado de lo Mercantil de Sevilla, anuncia:Que en el procedimiento concursal número 355/2011 con NIG: 4109142M20110000872 referente al concursado M.V. Promoven, S.L., por auto de fecha 05/03/12 se ha acordado abrir la fase de liquidación en cuya parte dispositiva acuerda lo siguiente:Parte dispositivaAcuerdo:1) Poner fin a la fase común del presente procedimiento concursal2) La apertura de la fase de liquidación, a la que se dará la publicidad prevista en el art. 144 de la Ley Concursal.3) La apertura de la sección de calificación, que incorporará:a) Testimonio de esta resolución.b) La solicitud de declaración inicial de concurso y la documentación acompañada por medio de copia.c) La documentación que hubiere aportado para subsanar la inicial, antes de la declaración de concurso.d) El auto de declaración de concurso.Con tal fin, si no obrara en las actuaciones, esta resolución sirve de requerimiento al Procurador de la concursada para presentar copia de la solicitud y la documentación citada en el plazo de 5 días hábiles.4) Advertir a cualquier acreedor y persona que acredite interés legítimo que puede personarse en la Sección de calificación, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable desde esta fecha hasta diez días después de la última de las publicaciones que se hiciera de esta resolución. Transcurridos los diez días antes citados, la Administración deberá presentar, en el plazo de quince días, el informe prevenido en el artículo 169 de la Ley Concursal, para lo que no se dictará providencia específica.5) El cese del Administrador de la sociedad concursada.6) La disolución de la sociedad concursada.7) Conferir a la Administración concursal el plazo de quince días previsto en el artículo 148 para la presentación del Plan de Liquidación que el mismo prevé.8) Librar mandamiento al Registro Mercantil para la inscripción de esta resolución en todos sus extremos (liquidación, apertura de calificación, disolución social y cese de Administrador), haciendo constar que no es firme.Sevilla, 13 de marzo de 2012.- El/La Secretario Judicial.

23-05-2011
36654

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
El Juzgado de lo Mercantil número uno de Sevilla, anuncia:1º.- Que en el procedimiento número 355/2.011, por auto de fecha 4 de abril de 2011, se ha declarado en concurso voluntario al deudor M.V. Promoven, S.L., con CIF B 91165647 y domicilio en C/ León Felipe, nº 10, Castiblanco de los Arroyos Sevilla.2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. Directamente ante el Administrador concursal Don Antonio Moreno Campillo, Economista con domicilio sito en Eduardo Dato, nº 47, 41.018 Sevilla. Teléfonos: 954-53-17-20/955-54-25-13 Fax 954-53-32-76 y correo: [email protected] plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Sevilla, 4 de abril de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

Deja un comentario