Concurso de acreedores terminado Maderas Iñiguez, SL
El 28-07-2015, Maderas Iñiguez, SL, en NAJERA (La Rioja) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de LOGROÑO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B26230607. La principal actividad de la empresa Maderas Iñiguez, SL es industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería. El concurso ha concluido.
Información General de Maderas Iñiguez, SL
Nombre de la mercantil: Maderas Iñiguez, SL
Localidad: NAJERA
Provincia: La Rioja
Dirección: SAN FERNANDO 14326300 NAJERA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B26230607
Número De Insolvencia: B26230607
Juzgado: Juzgado de LOGROÑO
Actividad Principal de Maderas Iñiguez, SL
La actividad de la empresa Maderas Iñiguez, SL es Industria
¿Necesitas Un Abogado Experto en Concurso De Acreedores?
Abogado especialista en Derecho Concursal en NAJERA
Publicaciones Concurso de acreedores terminado Maderas Iñiguez, SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
09-10-2018
A180059844
Conclusión del concurso
EdictoDoña María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 23.1 y 177.3 de la Ley Concursal,Anuncia:1º.- Que en el procedimiento número 522/2015, N.I.G.: 26089 42 1 2015 0006598, por auto de fecha 4 de octubre de 2018 se ha acordado la conclusión del concurso seguido relativo a la mercantil Maderas Iñiguez, S.L., con domicilio social en calle San Fernando, 129, de Najera (La Rioja), y CIF B/26230607.Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de la concursada con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros.2º.- Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración Concursal de la concursada.3º.- La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.4º.- Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de Maderas Iñiguez, S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.5º.- A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el Boletín Oficial del Estado, y en el Registro Público Concursal.Logroño, 4 de octubre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
15-09-2015
A150040416
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoD.ª María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja, por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial, con el n.º 522/2015, N.I.G. 26089 42 1 2015 0006598, Sección I, Declaración Concurso Voluntario Abreviado, se ha dictado en fecha 28 de julio de 2015, Auto de Declaración de Concurso del deudor Maderas Íñiguez, S.L., con domicilio social en Calle San Fernando 129, de Nájera (La Rioja), y C.I.F. B/26230607.2.º Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de los administradores concursales mediante autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal a don José María Cid Monreal, de profesión letrado, con D.N.I. número 16529853Y habiendo aceptado el cargo en fecha diez de Septiembre de dos mil quince, con domicilio profesional en Logroño, Avenida de Portugal n.º 6 7.º D, con dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es.Logroño, 10 de septiembre de 2015.- La Secretaria Judicial.
Última dirección de Maderas Iñiguez, SL: