Concurso de acreedores Manufacturas Tex SL

Concurso de acreedores Manufacturas Tex SL

El 26-11-2013, Manufacturas Tex SL, en CASTELLBELL I EL VILAR (Barcelona) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B61412441. La principal actividad de la empresa Manufacturas Tex SL es industria textil. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Manufacturas Tex SL

Nombre de la mercantil: Manufacturas Tex SL
Localidad: CASTELLBELL I EL VILAR
Provincia: Barcelona
Dirección: CATALUNYA 008296 CASTELLBELL I EL VILAR
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B61412441
Número De Insolvencia: B61412441
Juzgado: Juzgado de BARCELONA

Actividad Principal de Manufacturas Tex SL

La actividad de la empresa Manufacturas Tex SL es Industria

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Publicaciones Concurso de acreedores Manufacturas Tex SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

18-01-2014
A140000908

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
Secretario Judicial D/ña José Vela Perez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de BarcelonaHace Saber:Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 758/2013 se ha declarado, mediante auto de fecha 26/11/2013 el concurso voluntario de Manufacturas Tex, S.L., con N.I.F. B-61412441 y domicilio en Castellbell i el Vilar Barcelona, en el que se ha decretado intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso ordinario.Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado don Juan Alberto Salsas Roig por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en calle Aribau, 198, Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal [email protected] en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto.El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al créditos, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, característica y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretenda exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.Barcelona, 13 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.

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