Concurso de acreedores Marmolerias Grupo Robles SL

Concurso de acreedores Marmolerias Grupo Robles SL

El 31-07-2009, Marmolerias Grupo Robles SL, en VILLAQUILAMBRE (León) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de LEÓN. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B24448474. La principal actividad de la empresa Marmolerias Grupo Robles SL es fabricación de otros productos minerales no metálicos.

Información General de Marmolerias Grupo Robles SL

Nombre de la mercantil: Marmolerias Grupo Robles SL
Localidad: VILLAQUILAMBRE
Provincia: León
Dirección: LEON COLLANZO 3224193 VILLAQUILAMBRE
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B24448474
Número De Insolvencia: B24448474
Juzgado: Juzgado de LEÓN

Actividad Principal de Marmolerias Grupo Robles SL

La actividad de la empresa Marmolerias Grupo Robles SL es Industria

Publicaciones:

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

18-09-2009
67351

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
Edicto.El Juzgado de Primera Instancia número 8 y Mercantil de León, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),Anuncia:Primero.- Que en el procedimiento número 1060/09, por auto de 31 de julio de 2009, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Marmolería Grupo Robles, S.L., con domicilio en la calle Fontanilla, número 18, de Navatejera (León), con CIF B-2448474, inscrita en el Registro Mercantil de León en el Tomo 954, Folio 38, Hoja LE-12.884, y cuyo objeto social se centra en la transformación, fabricación, construcción, suministro, instalación, reparación y restauración de todo tipo de piedras naturales o artificiales en obras públicas privadas, así como la compraventa, arrendamiento, comercialización, promoción y distribución al mayor y detalle de aquellas y de toda clase de maquinaria, accesorios, herramientas o mercancías que tengan relación directa con la transformación, instalación, suministro, distribución y comercialización de todo tipo de piedras naturales o artificiales.Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.Terceo.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal), si bien no es necesario valerse de dichos profesionales para la presentación de los créditos.León, 1 de septiembre de 2009.- El/La Secretario Judicial.

Deja un comentario