Concurso de acreedores Miguel Romero Instalaciones Y Servicios SL
El 30-05-2012, Miguel Romero Instalaciones Y Servicios SL, en VILLANUEVA DE LA SERENA (Badajoz) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B06400782. La principal actividad de la empresa Miguel Romero Instalaciones Y Servicios SL es construcción de edificios. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Miguel Romero Instalaciones Y Servicios SL
Nombre de la mercantil: Miguel Romero Instalaciones Y Servicios SL
Localidad: VILLANUEVA DE LA SERENA
Provincia: Badajoz
Dirección: HERNAN CORTES 006700 VILLANUEVA DE LA SERENA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B06400782
Número De Insolvencia: B06400782
Juzgado: Juzgado de CASTELLÓN DE LA PLANA
Actividad Principal de Miguel Romero Instalaciones Y Servicios SL
La actividad de la empresa Miguel Romero Instalaciones Y Servicios SL es
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
27-06-2012
A120046905
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
Don Ramiro Monforte Altaba, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley Concursal, hago saber:Primero: Que por Auto de fecha 30-05-12, dictado en el procedimiento de Concurso Voluntario n.º 0299/2012, N.I.G. n.º 12040-66-2-2012-0000355, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso voluntario y abreviado al deudor «Miguel Romero Instalaciones y Servicios, S.L.U.», domiciliado en calle Hernán Cortés, 67,1.º F, Villanueva de la Serena (Badajoz) y C.I.F./D.N.I. número B06400782.Segundo: Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado.Tercero: Que se ha designado como Administrador Concursal a don Francisco J. Calderón Alarcón, con domicilio en c/ Temprado, 14-1-5, 12002 Castellón y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC.Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.Castellón, 11 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.