Concurso de acreedores terminado Moda Personal De Llevant SL
El 28-02-2013, Moda Personal De Llevant SL, en CIUTADELLA DE MENORCA (Baleares) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. Como síndico se ha designado CYO CONSULTORES Y AUDITORES S.L.P.. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B07616071. La principal actividad de la empresa Moda Personal De Llevant SL es industria del cuero y del calzado. El concurso ha concluido.
Información General de Moda Personal De Llevant SL
Nombre de la mercantil: Moda Personal De Llevant SL
Localidad: CIUTADELLA DE MENORCA
Provincia: Baleares
Dirección: OSCA 407760 CIUTADELLA DE MENORCA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B07616071
Número De Insolvencia: B07616071
Juzgado: Juzgado de PALMA DE MALLORCA
Actividad Principal de Moda Personal De Llevant SL
La actividad de la empresa Moda Personal De Llevant SL es Industria
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
11-09-2018
A180053986
Conclusión del concurso
D. Juan Enrique Tévar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 816/2012 se ha dictado a instancia de la administración concursal en fecha 10 de agosto de 2018 auto de conclusión del concurso del deudor Moda Personal De Llevant, S.L., con CIF B-07616071, y domicilio en calle Carnisseria, n.º 36, Ciutadella, habiéndose aprobado en el citado auto la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, quedando la misma de manifiesto en esta Oficina Judicial.Palma de Mallorca, 10 de agosto de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.
12-06-2014
A140031642
Cese de los Administradores
Don José Luis Garrido de Frutos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 198 /2014 y NIG n.º 07040 47 1 2014 0000350 se ha dictado en fecha 27/05/2014 auto de declaración de concurso voluntario ordinario del deudor Incidences Sails Superyacht Palma, S.L., con n.º de CIF B-07616071, cuyo centro de intereses principales lo tiene en avenida Contitució, 71, de Alaró.2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.3.º Se ha designado, como administración concursal a la mercantil DRIP AUDITORS ASSOCIATS, S.L., con n.º de CIF B-07990831, y domicilio en calle San Miguel, n.º 36, 6.º, 07002 de Palma, quien ha designado para el ejercicio de las funciones propias de la administración concursal, al auditor D. Ignacio de Loyola Deyà Frutos con n.º DNI 42.976.513-R quien en fecha 4 de junio de 2014, ha aceptado el cargo.4.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal: Calle General Luque 277 PB 07300 de Inca o dirección de correo electrónico [email protected] en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno.5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).Palma de Mallorca, 5 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.
19-03-2013
A130013991
Auto de declaración de concurso
Cese de los Administradores
D. Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 816/12 y NIG n.º 07040 47 1 2012 0001321 se ha dictado en fecha 28/02/2013 auto de declaración de concurso del deudor Moda Personal de Llevant, S.L., con CIF B-07616071, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Carnisseria, n.º 36, Ciutadella.2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.3º.- Se ha nombrado administrador de dicho concurso a la mercantil C Y O Consultores y Auditores, S.L.P., con CIF B-11406766, en cuyo nombre el abogado y economista D. Jorge Zambrana Ledesma ha aceptado el cargo con fecha 13 de marzo de 2013, quien ha sido designado para el ejercicio de las funciones propias del cargo de administrador concursal.4º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal calle San Miguel, 46, 2.º, escalera izquierda, Palma de Mallorca 07002, o dirección de correo electrónico [email protected], en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).Palma, 13 de marzo de 2013.- El Secretario Judicial.