Concurso de acreedores Moelca SL
El 14-12-2012, Moelca SL, en LA OLIVA (Palmas (Las)) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B35304666. La principal actividad de la empresa Moelca SL es actividades de construcción especializada. El síndico ha presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos.
Información General de Moelca SL
Nombre de la mercantil: Moelca SL
Localidad: LA OLIVA
Provincia: Palmas (Las)
Dirección: CL BAJO AMARILLO, 17 – 19 035640 LA OLIVA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B35304666
Número De Insolvencia: B35304666
Juzgado: Juzgado de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Actividad Principal de Moelca SL
La actividad de la empresa Moelca SL es Construcción
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
21-03-2013
A130012546
Presentación del Informe de la administración concursal
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
EdictoDoña Teresa Hernández Rivero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas de Gran Canaria,Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal número 0000019/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso de Moelca, S.L. y CIF n.º B35304666, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.Las Palmas de Gran Canaria, 8 de marzo de 2013.- Secretaria Judicial.
04-01-2013
A120085689
Auto de declaración de concurso
Cese de los Administradores
Edicto.Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000019/2011, seguido a instancias de la Procuradora doña Paloma Guijarro Rubio, en nombre y representación de «Moelca, S.L.», se ha dictado Auto el día 14/12/2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:Se declara el concurso de «Moelca, S.L.», con CIF, n.º B35304666, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».Se designan como Administradores del concurso a: Gasso Auditores, S.L.P., compareciendo como Representante legal el economista don Javier Álvarez Cabrera, el cual ha designado como domicilio postal el de la calle Alcalde Ramírez Bethencourt, n.º 14, telf. 928370778, fax, 928380678, y con dirección de correo electrónico, [email protected], en cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley, con expresión de que la comunicación de los créditos se remitirán dicrectamente al Administrador Concursal, con apercibimiento que para el caso que algún crédito fuera presentado directamente al Juzgado, se tendrá por no cumunicado, al no ser válida dicha comunicación.Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).Don Antonio Carlos Martínez-Uceda Calatrava, Magistrado-Juez. Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial. – Firmados y rubricados.Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.Las Palmas de Gran Canaria, 20 de diciembre de 2012.- La Secretaria Judicial.