Concurso de acreedores terminado Monasterio Rocamador, Sa
El 11-10-2012, Monasterio Rocamador, Sa, en ALMENDRAL (Badajoz) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de BADAJOZ. Como síndico se ha designado LOPEZ COLCHERO & CAMPS S.L.P.. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A06163893. La principal actividad de la empresa Monasterio Rocamador, Sa es servicios de alojamiento. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Información General de Monasterio Rocamador, Sa
Nombre de la mercantil: Monasterio Rocamador, Sa
Localidad: ALMENDRAL
Provincia: Badajoz
Dirección: NACIONAL 435 (KM 41,1) 006171 ALMENDRAL
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: A06163893
Número De Insolvencia: A06163893
Juzgado: Juzgado de BADAJOZ
Actividad Principal de Monasterio Rocamador, Sa
La actividad de la empresa Monasterio Rocamador, Sa es Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Publicaciones:
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
13-06-2016
A160034524
Conclusión por insuficiencia de masa activa
EdictoDoña Lucia Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, anuncia:Que en el Sección I, Declaración Concurso 231/2012, seguido en este órgano judicial, a instancia de la Procuradora Sra. Natalia Emilia Gordillo Rodríguez, en nombre de MONASTERIO DE ROCAMADOR, S.A., S.L., con C.I.F. A-06163893, se ha dictado Auto n.º 152/2016, de fecha 30 de mayo de 2016, cuyo fallo es del contenido literal siguiente:1.- Declarar la conclusión del concurso, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.2.- Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.4.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita.5.- Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal integrada por SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL LÓPEZ COLCHERO & CAMPS.Badajoz, 3 de junio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
04-03-2014
A140008729
Aprobación del plan de liquidación
Apertura de la sección seis
Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz,Anuncia:Que el Concurso Voluntario Abreviado 231/2012 referente a la concursada MONASTERIO DE ROCAMADOR, S.A., con CIF A-06163893, por auto de fecha 21 de febrero de 2014 se ha acordado lo siguiente:1.- Aprobar el plan de liquidación.2.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.3.- Cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, dentro de los diez días siguientes a la presente publicación en el BOE.Badajoz, 21 de febrero de 2014.- La Secretaria judicial.
04-03-2014
A140008729
Aprobación del plan de liquidación
Apertura de la sección seis
Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz,Anuncia:Que el Concurso Voluntario Abreviado 231/2012 referente a la concursada MONASTERIO DE ROCAMADOR, S.A., con CIF A-06163893, por auto de fecha 21 de febrero de 2014 se ha acordado lo siguiente:1.- Aprobar el plan de liquidación.2.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.3.- Cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, dentro de los diez días siguientes a la presente publicación en el BOE.Badajoz, 21 de febrero de 2014.- La Secretaria judicial.
09-12-2013
A130066640
Cese de los Administradores
Apertura de la fase de liquidación
Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz,A N U N C I AEn este órgano judicial se tramita concurso abreviado voluntario 231 /2012 respecto de MONASTERIO DE ROCAMADOR, SA (A-06163893), por auto de fecha 27 de noviembre de 2013 se ha acordado lo siguiente:1.- Abrir la fase de liquidación del concurso.2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.3.- Se ha declarado disuelta la mercantil MONASTERIO DE ROCAMADOR, SA, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.Badajoz, 27 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
23-09-2013
A130051399
Convocatoria de Junta de Acreedores
Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, anuncia:1.- Que en el procedimiento concursal número 0000231/2012 referente al concursado Monasterio de Rocamador, S.A., se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 27 de noviembre de 2013, a las 10:00 horas.2.- Se someterá a la deliberación y en su caso aprobación de la Junta la propuesta de convenio presentado por la concursada.Dicha propuesta, junto con el escrito de evaluación de la administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en la Secretaria del Juzgado.Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.Badajoz, 12 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
22-01-2013
A130001379
Presentación del Informe de la administración concursal
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
Doña Lucía Peces Gómez Secretaria Judicial de Jdo de lo Mercantil n. 1 de Badajoz, anuncia:1. Que en el concurso de acreedores 0000231 /2012, referente al deudor Monasterio de Rocamador, S.A., con C.I.F A06163893 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).Badajoz, 11 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.
30-10-2012
A120070919
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con la Sección I Declaración de Concurso 0000231 /2012 se ha dictado en fecha 11 de octubre de 2012, auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor «Monasterio de Rocamador, S.A.», con CIF A06163893, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Almendral (Badajoz), en Monasterio de Rocamador km 41,100, Carretera N-435.2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercía el concursado. Se ha designado, como administración concursal a la «Sociedad Limitada Profesional López Colchero Camps», con CIF B06611644, con domicilio postal en calle Arzobispo Mausona, n.º 7, 1, de Mérida y dirección electrónica [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de un mes la última fecha de publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado».Badajoz, 11 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.