Concurso de acreedores Mora Granell SL

Concurso de acreedores Mora Granell SL

El 17-09-2018, Mora Granell SL, en MONCADA (Valencia) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de VALENCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B46401378.

Información General de Mora Granell SL

Nombre de la mercantil: Mora Granell SL
Localidad: MONCADA
Provincia: Valencia
Dirección: SEMINARIO 1146113 MONCADA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B46401378
Número De Insolvencia: B46401378
Juzgado: Juzgado de VALENCIA

Actividad Principal de Mora Granell SL

La actividad de la empresa Mora Granell SL es

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Publicaciones Concurso de acreedores Mora Granell SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

07-12-2018
A180072347

 

Auto de declaración de concurso

 
Don Ángel Martínez Lozano, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente,Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado 947/2018, habiéndose dictado en fecha 17 de septiembre de 2018 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Don Joaquín Pertegar Granell, con DNI 73364499-L, persona natural no empresario.Que se ha acordado la suspensión de funciones de disposición y administración de los concursados, que quedarán sometidos a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.Se ha nombrado administrador concursal al propio mediador Don Vicente Guerri Vaquer, abogado, con domicilio profesional en Valencia, Gran Vía, Marqués del Turia, número 78, piso 3°, puerta 53ª.Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes, desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado, puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Asimismo, se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.Valencia, 20 de septiembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Angel Martinez Lozano.

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