Concurso de acreedores Morte Quiles SL
El 13-04-2011, Morte Quiles SL, en ABARAN (Murcia) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MURCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B30304356. La principal actividad de la empresa Morte Quiles SL es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El síndico ha presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos.
Información General de Morte Quiles SL
Nombre de la mercantil: Morte Quiles SL
Localidad: ABARAN
Provincia: Murcia
Dirección: ESTACION 030550 ABARAN
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B30304356
Número De Insolvencia: B30304356
Juzgado: Juzgado de MURCIA
Actividad Principal de Morte Quiles SL
La actividad de la empresa Morte Quiles SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
27-09-2011
67094
Presentación del Informe de la administración concursal
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
EdictoDoña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Murcia, anuncia:1. Que en el sección I declaración concurso número 94/2011, referente a la mercantil deudora Morte Quiles, S.L., con CIF número B-30304356, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).Murcia, 8 de septiembre de 2011.- Secretario Judicial.
16-05-2011
32101
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
EdictoD.ª Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial de Juzgado Mercantil número 2 de Murcia, por el presente, hago saber:1.º Que en los autos de concurso voluntario seguidos en este Juzgado con el número 94/2011 se ha dictado a instancias de la mercantil Morte Quiles, S.L. en fecha 13/04/2011 auto de declaración de concurso de la deudora Morte Quiles, S.L. con CIF número B-30304356, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Carretera de la Estación, s/n, Abarán (30550) Murcia.2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición de la mercantil concursada quedan intervenidas por la administración concursal designada al efecto, mediante su autorización o conformidad.Ha sido designado Administrador concursal único D. José Vidal Martínez de profesión titulado mercantil, con domicilio en Plaza Circular, 9-1ºA (30008) Murcia y teléfono 968288401.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá presentarse ante la Oficina de Registro y Reparto de la Ciudad de la Justicia de Murcia en el plazo de 15 días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artº 184.3 Ley Concursal).Murcia, 28 de abril de 2011.- La Secretaria judicial.