Concurso de acreedores Movapena Ocio SL
El 27-09-2013, Movapena Ocio SL, en CANALS (Valencia) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de VALENCIA. Como síndico se ha designado MOLERO ALONSO, JUAN CARLOS. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B98258999. La principal actividad de la empresa Movapena Ocio SL es actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Movapena Ocio SL
Nombre de la mercantil: Movapena Ocio SL
Localidad: CANALS
Provincia: Valencia
Dirección: PINTOR SOROLLA, 4 – PISO 2 4 046650 CANALS
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B98258999
Número De Insolvencia: B98258999
Juzgado: Juzgado de VALENCIA
Actividad Principal de Movapena Ocio SL
La actividad de la empresa Movapena Ocio SL es Actividades culturales, deportivas y de entretenimiento
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
06-11-2013
A130060711
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia,Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000896/2013, habiéndose dictado en fecha 27-09-2013 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Ordenación del Ocio, S.L., con CIF B96807201, decretándose la intervención de las facultades de la citada mercantil, habiéndose designado como administración concursal a la entidad jurídica Arco Abogados y Asesores Tributarios, S.L.P., quien ha nombrado para desempeñar el cargo de administrador concursal a D. Juan Carlos Molero Alonso, con DNI n.º 05385525Y, en su cualidad de abogado, con domicilio profesional en calle Marqués de Sotelo,13, 6.ª, Valencia, teléfono 963517619 y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LC.Valencia, 27 de septiembre de 2013.- La Secretaria judicial.