Concurso de acreedores Muebles Floro SL

Concurso de acreedores Muebles Floro SL

El 09-05-2019, Muebles Floro SL, en TELDE (Palmas (Las)) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B35888601. La principal actividad de la empresa Muebles Floro SL es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Muebles Floro SL

Nombre de la mercantil: Muebles Floro SL
Localidad: TELDE
Provincia: Palmas (Las)
Dirección: SAULO TORON 435200 TELDE
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B35888601
Número De Insolvencia: B35888601
Juzgado: Juzgado de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Actividad Principal de Muebles Floro SL

La actividad de la empresa Muebles Floro SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

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Publicaciones Concurso de acreedores Muebles Floro SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

29-05-2019
A190030883

 

Auto de declaración de concurso

Cese de los Administradores

 
Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presenteHace saber:1.-Que en el procedimiento concursal número 230/2019, se ha dictado en fecha 09/05/2019 auto declarando el concurso de la mercantil MUEBLES FLORO, S.L. con CIF/NIF B-35888601 y con domicilio en la c/ Saulo y Torón nº 4 de Telde, que se tramitará por las normas del procedimiento Abreviado, y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del concursado respecto de su patrimonio.2.-Que se ha designado como administrador concursal a don Eugenio Alcántara Mansilla, quien ha señalado como domicilio postal el sito en c/ Viera y Clavijo nº 5, 4º planta, 35002 de Las Palmas de Gran Canaria y como dirección electrónica [email protected] para que los acreedores, a su elección, y en la forma prevista en el art. 85 de la Ley Concursal, efectúen la comunicación de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado». La comunicación de créditos se hará exclusivamente en el domicilio designado por la administración concursal y no producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al juzgado.3.-Que las publicaciones que traigan causa del concurso se publicarán el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es.Las Palmas de Gran Canaria, 24 de mayo de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.

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