Concurso de acreedores Operaciones Climaticas SL.
El 10-07-2009, Operaciones Climaticas SL., en VILLAQUILAMBRE (León) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de LEÓN. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B24487233. La principal actividad de la empresa Operaciones Climaticas SL. es actividades de construcción especializada.
Información General de Operaciones Climaticas SL.
Nombre de la mercantil: Operaciones Climaticas SL.
Localidad: VILLAQUILAMBRE
Provincia: León
Dirección: JOSE BERGAMIN 024193 VILLAQUILAMBRE
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B24487233
Número De Insolvencia: B24487233
Juzgado: Juzgado de LEÓN
Actividad Principal de Operaciones Climaticas SL.
La actividad de la empresa Operaciones Climaticas SL. es Construcción
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
22-07-2009
56652
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoEl Juzgado de Primera Instancia número 8 y Mercantil de León, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:Primero.- Que en el procedimiento número 1006/09, por auto de fecha 9 de los corrientes, se ha declarado en concurso voluntario a la deudora Operaciones Climáticas, S.L. (C.I.F. B-24487233), con domicilio en y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Villaquilambre (León), calle José Bergamín, número 13 – 3.° D.Segundo.- Que el Administrador de la deudora don Jesús Onaindi Uribarri conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.Tercero.- Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).León, 10 de julio de 2009.- El/la Secretario Judicial.