Concurso de acreedores Owners Management Services Sociedad Limitada.
El 03-12-2020, Owners Management Services Sociedad Limitada., en FUENGIROLA (Málaga) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MÁLAGA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B29145042. La principal actividad de la empresa Owners Management Services Sociedad Limitada. es construcción de edificios. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Owners Management Services Sociedad Limitada.
Nombre de la mercantil: Owners Management Services Sociedad Limitada.
Localidad: FUENGIROLA
Provincia: Málaga
Dirección: ALEMANIA 829640 FUENGIROLA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B29145042
Número De Insolvencia: B29145042
Juzgado: Juzgado de MÁLAGA
Actividad Principal de Owners Management Services Sociedad Limitada.
La actividad de la empresa Owners Management Services Sociedad Limitada. es Construcción
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
18-12-2020
A200063867
Cese de los Administradores
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 35, 553 y 554 de la Ley Concursal, anuncia:1.º Que en el procedimiento número 919/2020, con NIG 2906742120200038997, por auto de fecha 3 de diciembre de 2020, se ha declarado en concurso voluntario al deudor CONTINENTAL RESORT SERVICES, SOCIEDAD LIMITADA, con domicilio en Avda. de los Playeros, 8, CC Cosmos III, oficina 53, 38650 Arona (Tenerife).2.º Que el concursado ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido la entidad «ROBLES DÍAZ ASESORES DE EMPRESAS, S.L.P.», con domicilio postal en Plaza Uncibay, n.º 8, 2.º-8.º, 29008 Málaga y dirección electrónica [email protected] plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Publico Concursal.4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Málaga, 14 de diciembre de 2020.- La Letrada de la Administración de justicia, Ana Isabel del Pozo Aguilar.
17-12-2020
A200063505
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del TRLC, anuncia:1º.- Que en el procedimiento nº 944/2020 (NIG 2906742120200038961 ) por auto de fecha 3 de diciembre de 2020 se ha declarado en concurso voluntario al deudor CONTINENTAL TELEMARKETING SERVICES, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL, con CIF Nº B93032399, con domicilio en Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.2º.- Que el deudor ha sido suspendido de sus facultades atribuyéndose las mismas a la Administración concursal.3º.- Que la Administración concursal la integra la sociedad ROBLES DIAZ ASESORES, S.L.P., con CIF Nº B92045053, con domicilio y dirección postal en Málaga, plaza Uncibay 8 2º 8 CP 29008, Teléfono: 952 217 346, y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. Conforme a lo dispuesto en el artículo 63 del TRLC la persona natural que representará a la referida sociedad nombrada en el ejercicio del cargo y que reúne los requisitos del artículo 63.4 TRLC es don JUAN CARLOS ROBLES DIAZ, con D.N.I. 33370407Y.4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los artículos 255 y siguientes del TRLC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512.1 y 2 del TRLC). Se hace saber a los interesados que deberán personarse en los autos de concurso conforme al art. 512 del TRLC.6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.Málaga, 10 de diciembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Don José María Casasola Díaz.