Concurso de acreedores Piedra Natural Leiro, Sociedad Anonima
El 02-03-2012, Piedra Natural Leiro, Sociedad Anonima, en TAGAMANENT (Barcelona) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A08192338. La principal actividad de la empresa Piedra Natural Leiro, Sociedad Anonima es actividades de construcción especializada. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Piedra Natural Leiro, Sociedad Anonima
Nombre de la mercantil: Piedra Natural Leiro, Sociedad Anonima
Localidad: TAGAMANENT
Provincia: Barcelona
Dirección: C-17 3808593 TAGAMANENT
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A08192338
Número De Insolvencia: A08192338
Juzgado: Juzgado de BARCELONA
Actividad Principal de Piedra Natural Leiro, Sociedad Anonima
La actividad de la empresa Piedra Natural Leiro, Sociedad Anonima es Construcción
Publicaciones:
Mira también:Concurso de acreedores Industrias Tura Adell SLPublicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
19-04-2012
A120023046
Mira también:Concurso de acreedores Industrias Tura Adell SL
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
Mira también:Concurso de acreedores Industrias Tura Adell SL
EdictoDoña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Barcelona,Hace saber: Que en los autos con NIG 08019 – 47 – 1 – 2011 – 8004814 y número 124/2012H se ha declarado el concurso voluntario y principal de fecha 2 de marzo de 2012 de Piedra Natural Leiro, S.A., con CIF número A08192338 y domicilio en calle El Barrio El Rieral, sin número, 08591 – Tagamanent (Barcelona), en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento ordinario.Los administradores concursales son doña Trinidad Roig Farran, con domicilio en Barcelona, Avenida Diagonal, número 604, 4.° 2.ª y don Carlos Zarco Puente, con domicilio en Barcelona, calle Muntaner, número 318, entlo. 2.ª; ambos con correo electrónico [email protected] a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en los domicilios arriba indicados, o remitirse a dichos domicilios. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Estado y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como tos relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicados resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.Barcelona, 21 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial.