Concurso de acreedores Prap Alcalaten SL
El 18-07-2014, Prap Alcalaten SL, en ALCORA (Castellón) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B12485611. La principal actividad de la empresa Prap Alcalaten SL es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Prap Alcalaten SL
Nombre de la mercantil: Prap Alcalaten SL
Localidad: ALCORA
Provincia: Castellón
Dirección: TEJEDORES, 4 – PLT 3 012110 ALCORA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B12485611
Número De Insolvencia: B12485611
Juzgado: Juzgado de CASTELLÓN DE LA PLANA
Actividad Principal de Prap Alcalaten SL
La actividad de la empresa Prap Alcalaten SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
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Publicaciones Concurso de acreedores Prap Alcalaten SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
18-09-2014
A140045626
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
D.ª Nieves Pérez Ibáñez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:Primero: Que por Auto de fecha 18/07/2014, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado, n.º 000250/2014, N.I.G. 12040-66-2-2014-0000278, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso voluntario y abreviado al deudor «Prap Alcalaten, S.L.», domiciliado en Calle Tejedores, 4, 3.º Alcora y C.I.F./D.N.I. número B12485611.Segundo: Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado.Tercero: Que se ha designado como Administrador/es Concursal/es a D. Antonio Miguel Caballero Otaolaurruchi, con domicilio en Calle Puerta del Sol, 4 4.º Castellón, C.P. 12001 y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC.Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.Castellón, 31 de julio de 2014.- El/la secretario/a judicial.
Última dirección de Prap Alcalaten SL: