Concurso de acreedores terminado Prendas Magui SL

Concurso de acreedores terminado Prendas Magui SL

El 29-12-2015, Prendas Magui SL, en CATARROJA (Valencia) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de VALENCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B96370937. La principal actividad de la empresa Prendas Magui SL es confección de prendas de vestir. El concurso ha concluido.

Información General de Prendas Magui SL

Nombre de la mercantil: Prendas Magui SL
Localidad: CATARROJA
Provincia: Valencia
Dirección: CAMI VELL DE RUSSAFA (P I CATARROJA) 2446470 CATARROJA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B96370937
Número De Insolvencia: B96370937
Juzgado: Juzgado de VALENCIA

Actividad Principal de Prendas Magui SL

La actividad de la empresa Prendas Magui SL es Industria

¿Necesitas Un Abogado Experto en Concurso De Acreedores?

Abogado especialista en Derecho Concursal en CATARROJA

Publicaciones Concurso de acreedores terminado Prendas Magui SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

23-01-2020
A200003202

 

Conclusión del concurso

 
D./Dña. Mª Isabel Boguña Pacheco, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presente,Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado (CNA)- 001407/2015 Voluntario, de la deudora Concursada PRENDAS MAGUI, S.L., con CIF Nº B96370937, con domicilio en la Polígono Industrial Camí Vell de Ruzafa nº 24 Catarroja (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha veinte de enero de dos mil veinte por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez,por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC.)Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.Valencia, 20 de enero de 2020.- La Letrada de la Administracion de Justicia, Mª Isabel Boguña Pacheco.

03-02-2016
A160003594

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
EdictoD. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado yHago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado Voluntario n.º 001407/2015, habiéndose dictado en fecha veintitrés de diciembre de dos mil quince por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Prendas Magui, S.L., con domicilio en Polígono Industrial Cami Vell de Ruzafa, n.º 24, Catarroja (Valencia), y CIF n.º B96370937, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al Tomo 5.087 de sociedades, folio 176, hoja V-38996. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la/s concursada/s, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a D. José Luis Pons Busutil, con domicilio en la calle Correos, 12-3, Valencia, y correo electrónico [email protected]. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.Valencia, 29 de diciembre de 2015.- Letrado de la Admon. de Justicia.

Última dirección de Prendas Magui SL:

 

Deja un comentario