Concurso de acreedores Producciones Y Servicios Gran Canaria SL

Concurso de acreedores Producciones Y Servicios Gran Canaria SL

El 29-10-2013, Producciones Y Servicios Gran Canaria SL, en VALSEQUILLO (Palmas (Las)) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. Como síndico se ha designado PEREZ HERNANEZ, BARBARA ANTONIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B35386671. La principal actividad de la empresa Producciones Y Servicios Gran Canaria SL es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. La fase común ha finalizado.

Información General de Producciones Y Servicios Gran Canaria SL

Nombre de la mercantil: Producciones Y Servicios Gran Canaria SL
Localidad: VALSEQUILLO
Provincia: Palmas (Las)
Dirección: CAMINO VIEJO, 32 – 1 B 035217 VALSEQUILLO
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B35386671
Número De Insolvencia: B35386671
Juzgado: Juzgado de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Actividad Principal de Producciones Y Servicios Gran Canaria SL

La actividad de la empresa Producciones Y Servicios Gran Canaria SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

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Publicaciones Concurso de acreedores Producciones Y Servicios Gran Canaria SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

18-09-2014
A140044293

 

Finalización de la fase común

 
EdictoDon Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria,Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal ordinario voluntario número 258/2013, instados por PRODUCCIONES Y SERVICIOS GRAN CANARIA, S.L., se ha dictado en fecha 1 de septiembre de 2014, Auto declarando finalizada la fase común del concurso, abriendo la fase de convenio y señalándose para Junta de acreedores el próximo 14 de enero de 2015, a las 10:00 horas, en la sala de vistas de este Juzgado.Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio.Los acreedores que lo deseen pueden adherirse a la propuesta de convenio que, en su caso, se presente en los términos previstos en el art. 115.3 de la Ley Concursal.Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el art. 118 de la Ley Concursal.Las Palmas de Gran Canaria, 1 de septiembre de 2014.- La Secretaria Judicial.

08-03-2014
A140008424

 

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
Edicto.Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal ordinario voluntario número 258/2013, de «PRODUCCIONES Y SERVICIOS GRAN CANARIA, S.L.», con CIF n.º B35386671, se ha presentado por Bárbara Pérez Hernández, el informe de la administración concursal conforme a lo previsto en el artículo 75 de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el artículo 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.Las Palmas de Gran Canaria, 20 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.

13-01-2014
A130069326

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
EdictoDoña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal n.º 258/2013, seguido a instancias del Procurador don Francisco Cornelio Montesdeoca Quesada, en nombre y representación de Producciones y Servicios Gran Canaria, S.L., se ha dictado Auto el día 29 de octubre de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:Se declara el concurso de Producciones y Servicios Gran Canaria, S.L., con CIF, n.º B35386671, y domicilio en Camino Viejo, 32, Valsequillo de Gran Canaria (Las Palmas); el que se tramitará por el procedimiento ordinario y carácter de voluntario.Conforme prevé el artículo 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y tablón de anuncios del Juzgado.Se designa como Administrador concursal del concurso a la Abogada, con número de colegiada 4093 del Icalpa, doña Bárbara Antonia Pérez Hernández, con DNI 78503429J, y domicilio en avda. Juan XXIII, n.º 16, 1.º A, Las Palmas de G.C. (Las Palmas), y teléfono 928 231 644, fax 928 247 351, correo electrónico [email protected] cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda intervención.Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley.Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en forma en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).Don Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez. doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial.- Firmados y rubricados.Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el artículo 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.Las Palmas de Gran Canaria, 12 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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