Concurso de acreedores terminado Productos Congelados Articos SL
El 09-12-2009, Productos Congelados Articos SL, en DOS HERMANAS (Sevilla) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de SEVILLA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B41226945. La principal actividad de la empresa Productos Congelados Articos SL es industria de la alimentación. El concurso ha concluido.
Información General de Productos Congelados Articos SL
Nombre de la mercantil: Productos Congelados Articos SL
Localidad: DOS HERMANAS
Provincia: Sevilla
Dirección: RAMON Y CAJAL 441704 DOS HERMANAS
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B41226945
Número De Insolvencia: B41226945
Juzgado: Juzgado de SEVILLA
Actividad Principal de Productos Congelados Articos SL
La actividad de la empresa Productos Congelados Articos SL es
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
14-03-2020
A200014221
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión del concurso
EL TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA (SECCIÓN 2ª)A N U N C I AQue en el procedimiento concursal número 526/2009-4 referente al concursado PRODUCTOS CONGELADOS ÁRTICO, S.L.U., por auto de fecha 9 de marzo de 2020 se ha acordado la conclusión cuya parte dispositiva es:PARTE DISPOSITIVAAcuerdo:1.- Declarar la conclusión del concurso de PRODUCTOS CONGELADOS ÁRTICO, S.L.U.2.- Archivar las actuaciones.3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.5.- El cese de la administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.6.- El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.7.- La extinción de la entidad PRODUCTOS CONGELADOS ÁRTICO, S.L.U., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos del punto anterior así como para reclamar el activo sobrevenido que pudiera aparecer.8.- Dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del juzgado.9.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución.10.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.11.- Notificar la presente resolución a la Administración concursal, a la concursada y a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma es FIRME.Así lo acuerda, manda y firma, don Juan Francisco Santana Miralles, Magistrado del Juzgado Mercantil Número 2 de Sevilla. Doy fe.Sevilla, 9 de marzo de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana Mª Gullón Gullón.
02-03-2010
12167
Auto de declaración de concurso voluntario
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:Primero.- Que en el procedimiento número 526/09, por auto de 9 de diciembre de 2009 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Productos Congelados Ártico, Sociedad Limitada Unipersonal, con Código de Identificación Fiscal B41226945, domicilio en calle Ramón y Cajal, Dos Hermanas (Sevilla).Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.El plazo para esta comunicación es el de 15 días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).Sevilla, 9 de diciembre de 2009.- El/La Secretario Judicial.