Concurso de acreedores terminado Promociones Mayata SL
El 11-06-2014, Promociones Mayata SL, en ZARAGOZA (Zaragoza) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de ZARAGOZA. Como síndico se ha designado CONCURSER ABE SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL.. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B50799469. La principal actividad de la empresa Promociones Mayata SL es construcción de edificios. El concurso ha concluido.
Información General de Promociones Mayata SL
Nombre de la mercantil: Promociones Mayata SL
Localidad: ZARAGOZA
Provincia: Zaragoza
Dirección: MARINA ESPAÑOLA 250006 ZARAGOZA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B50799469
Número De Insolvencia: B50799469
Juzgado: Juzgado de ZARAGOZA
Actividad Principal de Promociones Mayata SL
La actividad de la empresa Promociones Mayata SL es Construcción
¿Necesitas Un Abogado Experto en Concurso De Acreedores?
Abogado especialista en Derecho Concursal en ZARAGOZA
Publicaciones Concurso de acreedores terminado Promociones Mayata SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
28-12-2020
A200065664
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión del concurso
EdictoDoña Elena Victoria Buil Torralba, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza,Anuncia:Primero.-Que en el procedimiento concursal número 223/2014-F se ha dictado el día 22 de diciembre de 2020 Auto de conclusión por fin de la liquidación del concurso del deudor Promociones Mayata, S.L., CIF B50799469.Segundo.-En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal, y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil.Tercero.-En dicho Auto se ha acordado la publicación en Boletín Oficial del Estado, en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal. Contra el referido Auto no cabe recurso alguno.Zaragoza, 22 de diciembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena Victoria Buil Torralba.
04-02-2015
A150001827
Presentación del Informe de la administración concursal
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
EdictoDoña Carmen Montaner Zueras, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, anuncia:1.-Que en la Sección I Declaración concurso 0000374 /2014, F, referente al deudor Promociones Mayata, S.L., CIF B-B50799469, con domicilio en paseo las Damas, núm. 15, planta 1.º, 2ª., Zaragoza, se ha presentado el informe de la Administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.2.-Dentro del plazo de diez Días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.3.-Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).Zaragoza, 16 de enero de 2015.- La Secretaria judicial.
28-06-2014
A140033426
Cese de los Administradores
EdictoDoña M.ª Jesús López Marín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza,Anuncia:1.º Se ha acordado la Declaración de Concurso núm. 223/2014-E y NIG núm. 50297 47 1 2014 0000474.2.º Carácter del concurso: Voluntario y abreviado.3.º Fecha de declaración: 11-06-2014.4.º Deudor en concurso: Promociones Mayata, S.L., C.I.F.: B-B50799469, con domicilio en paseo las Damas, núm. 15, planta 1.ª, 2.ª, Zaragoza.5.º Facultades de administración: Suspendidas.6.º Ha solicitado la liquidación.7.º Administración concursal: Concurser Abe, S.L.P., con CIF: B-99392219, quién designó como persona física a don Javier Lázaro Berzosa, Economista de profesión, con D.N.I 18.430.407-R.Domicilio postal: C/ La Paz, núm. 6, 5.º A, Zaragoza.Dirección electrónica: [email protected]: 976 48 47 88.8.º Plazo de comunicación de créditos: Un mes, directamente a la Administración concursal en la dirección postal o electrónica que figuran en el punto anterior.Zaragoza, 18 de junio de 2014.- Secretaria Judicial.
11-06-2014
n/a
Auto de declaración de concurso voluntario
PARTE DISPOSITIVA.- 1.- Declarar en concurso a PROMOCIONEIS MAYATA S.L. con CIF B-50799469, y domicilio social sito en Paseo de las Damas num. 15, piso 1º, 2ª (Zaragoza) toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia actual. 2.- Tener por personado en el presente concurso, en nombre y representación del concursado, al/la Procurador/a Sr./a. FERNANDO LUIS GUTIERREZ ANDREU, con quien se entenderán las sucesivas diligencias y actuaciones. 3.- Considerar el concurso con el carácter de voluntario. 4.- Indicar que el deudor ha solicitado la liquidación de su patrimonio, acordándose la apertura de la fase de liquidación y la formación de la Sección 5a que se encabezará con testimonio de la presente resolución. 5.- Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan suspendidas, siendo el deudor sustituido por la administración concursal que se designará al efecto. 6.- Se declara disuelta la mercantil PROMOCIONES MAYATA S.L. con CIF B 50799469, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 7.- Se acuerda el vencimiento anticipado de los créditos con cursa les aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. 8.- La administración concursal, al amparo de lo previsto en los artículos 26 y 27 de la LC, con las facultades determinadas en el apartado anterior, estará integrada por: CONCURSER ABE SLP, NIF B99392219 calle La Paz núm. 6, 5º A, Zaragoza Teléfono 976484788 9.- Comunicar el nombramiento a la administración designada haciéndole saber que en el plazo de cinco días siguientes al recibo de la comunicación (artículo 29 de la LC), deberá comparecer ante este órgano judicial y manifestar su aceptación o no del cargo, apercibiéndosela que se encuentra sometida al régimen de incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones del articulo 28 de la LC. 10.- Hágase saber a la administración Concursal, de conformidad con el artículo 74 de a LC que el plazo para presentar el informe será de UN MES, debiendo presentar el Inventario de Bienes y Derechos de la Masa Activa dentro de los quince días siguientes a la aceptación del cargo. Hágase saber al mismo que la ruta de Acceso respecto de la Comunicación obligatoria a realizar por la Administración Concursal a la Agencia Tributaria resulta la siguiente: https://www.agenciatributaria.gob.es Sede electónica – Procedimientos, Servicios y Trámites (Información y Registro) – Otros Servicios – Comunicación Administración concursal.. Para acceder a la misma se necesita CERTIFICADO EXPEDIDO POR LA FNMT. Allí encontrarán el formulario a rellenar y remitir, permitiendo obtener justificante de su remisión para acreditar el cumplimiento del requisito legal. La Ruta de Acceso a realizar por la administración concursal a la Tesorería General de la Seguridad Social será a través de la dirección de Internet siguiente: https://sede. seg-social. gob. Es. En dicha página se seguirá la siguiente ruta: Registro Electrónico>Acceso al Registro>Otros procedimientos>Comunicación de la Declaración de Concurso por parte de la Administración Concursal a la Tesorería General de la Seguridad Social. Para realizar la transmisión telemática es necesario que el administrador concursal cuente con el correspondiente certificado digital o con el DIII electrónico. 11.- Llamar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5º, 84 y 85 de la LC, a todos los acreedores del concursado, para que en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado, comuniquen a la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El domicilio y la dirección electrónica señalados a efectos de comunicaciones serán únicos y deberán ser puestos en conocimiento del juzgado por el administrador concursal al tiempo de la aceptación del cargo o, en su caso, al tiempo de la aceptación del segundo de los administradores designados. 12.- Realizar por la administración concursal, una vez acepte el cargo y sin demora alguna, una comunicación individualizada, en los términos previstos en el artículo 21.4 de la LC. La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor. La comunicación se dirigirá por medios electrónicos a la AEAT y a la TGSS a través de los medios que éstas habiliten en sus respectivas sedes electrónicas, conste o no su condición de acreedoras. Igualmente se comunicará a la representación de los trabajadores, si la hubiere, haciéndoles saber de su derecho a personarse en el procedimiento como parte. 13.- Hacer pública la presente declaración de concurso y la apertura de la fase de liquidación por medio de Edictos que, uno, se publicará en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la LC, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la LC y, otro, con los mismos requisitos, en el tablón de anuncios de este órgano judicial. 14.- Expedir mandamiento al Registrador Mercantil de Zaragoza, que serán entregados a la representación procesal del concursado, para su inmediata remisión y práctica de los asientos regístrales previstos, haciéndoles saber que hasta que no sea firme la presente resolución, la anotación se hará con carácter preventivo, sin perjuicio que se proceda a la inscripción definitiva, una vez que conste la firmeza. De igual forma el Registrador Mercantil deberá comunicar la declaración del concurso al lugar en el cual figuren inscritos los bienes que seguidamente se describen: Urbana: casa con horno de pan cocer con su corral, sita en Zaragoza, c/ Las Armas, número 9 antiguo, y 91 moderno, planta baja y 3 alzados más buhardilla, inscrita al Registro de la Propiedad núm. 2 de Zaragoza, Finca núm. 5235, Tomo 2899, Libro 1213, folio 145, XDUFXR 500018000541671. Urbana: Casa situada en Cl Las Anuas numero 91 moderno, de 300 metros de superficie, con subterráneo, inscrita al Registro de la Propiedad núm. 2 de Zaragoza, finca núm. 3880, Tomo 2178 Libro 926, Folio 22, IDUFIR 50018000004569. o Urbana: garaje num. 21, sito en Cl García Galdeano número 19, Inscrita al Registro de la Propiedad número 11 de Zaragoza, Finca núm. 28649, IDUFflR 50027000669384. 15.- Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores. 16.- Poner en conocimiento de los concursados el deber de comparecer personalmente ante este órgano judicial y ante la administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. 17.- Comunicar la declaración de concurso al Juez Decano de Zaragoza, para su traslado a los Juzgados de Primera Instancia y al Delegado del Decano en los Juzgados de lo Social de esta localidad. Así mismo, comuniquese dicha declaración a los demás Juzgados de lo Mercantil de esta localidad. De igual forma de forma directa a aquellos juzgados en los cuales conste la existencia de procedimientos judiciales. 18.- Entregar los oficios, edictos y mandamientos que se expidan en cumplimiento de lo ordenado en esta resolución a la representación procesal del concursado para que los diligencie de inmediato. 19.- SE AUTORIZA, en su caso, al Administrador Concursal para que pueda interponer acciones judiciales contra terceros en beneficio de la masa, a los meros efectos de quedar exenta la entidad en concurso del abono de la respectiva Tasa Judicial, conforme al art. 4, apartado 1, letra h de la Ley 30/12 por la que se regulan las tasas en el ámbito de la Admón. de Justicia, modificado por R.D. 3/2013. 20.- Abrir la fase común de tramitación del concurso y formar las Secciones segunda, tercera, cuarta, y quinta, ordenándose en cuantas piezas sean necesarias o convenientes; cada una de estas secciones, se encabezará por el testimonio de la solicitud y del Auto. 21.- El presente auto producirá sus efectos de inmediato y será ejecutivo aunque no sea firme la presente resolucion. 22.- Notifíquese la presente resolución a la AEAT, FOGASA, TGSS, y D.G.A.
Última dirección de Promociones Mayata SL: