Concurso de acreedores Promotora Polige SL (Extinguida)

Concurso de acreedores Promotora Polige SL (Extinguida)

El 06-05-2010, Promotora Polige SL (Extinguida), en SANT JAUME DE LLIERCA (Gerona) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de GIRONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B17341215. La principal actividad de la empresa Promotora Polige SL (Extinguida) es actividades inmobiliarias.

Información General de Promotora Polige SL (Extinguida)

Nombre de la mercantil: Promotora Polige SL (Extinguida)
Localidad: SANT JAUME DE LLIERCA
Provincia: Gerona
Dirección: INDUSTRIAL PLA DE POLIGER 017854 SANT JAUME DE LLIERCA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B17341215
Número De Insolvencia: B17341215
Juzgado: Juzgado de GIRONA

Actividad Principal de Promotora Polige SL (Extinguida)

La actividad de la empresa Promotora Polige SL (Extinguida) es Alquiler y gestión de inmuebles

Publicaciones:

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

10-05-2010
34794

 
EdictoEl Juzgado de Primera Instancia n.º 6, con funciones de Mercantil de Girona, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:1.º- Que en el procedimiento concurso voluntario abreviado número 341/2010, por auto de fecha 6/5/2010, se ha declarado concurso voluntario abreviado, a los deudores Nicrocin, S.L., con CIF B-17081134; Pinturpox, S.L., con CIF B-17397977, y Promotora Polige, S.L., con CIF B-17341215, y domicilio en Sant Jaume de Llierca, polígono industrial Pla de Poligé, s/n, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sant Jaume de Llierca.2.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LCEl plazo para esta comunicación es de quince días, a contar de la última publicación de los anuncios que se han ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.3.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por por medio de Procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 LC)4.º- Que los concursados conservan las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.Girona, 6 de mayo de 2010.- El Secretario Judicial, José Antonio Marquínez Beitia.

06-05-2010
n/a

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario a la sociedad. De conformidad con lo prevenido en el artículo 21.2, en relación con el artículo 40 de la Ley Concursal, y toda vez que se trata de un concurso voluntario, el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los Administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

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