Concurso de acreedores Provial Construcciones Y Proyectos SL

Concurso de acreedores Provial Construcciones Y Proyectos SL

El 24-02-2011, Provial Construcciones Y Proyectos SL, en ALMENDRALEJO (Badajoz) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de BADAJOZ. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B06313928. La principal actividad de la empresa Provial Construcciones Y Proyectos SL es construcción de edificios. Se ha abierto la sección 6.

Información General de Provial Construcciones Y Proyectos SL

Nombre de la mercantil: Provial Construcciones Y Proyectos SL
Localidad: ALMENDRALEJO
Provincia: Badajoz
Dirección: SAN BLAS 006200 ALMENDRALEJO
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B06313928
Número De Insolvencia: B06313928
Juzgado: Juzgado de BADAJOZ

Actividad Principal de Provial Construcciones Y Proyectos SL

La actividad de la empresa Provial Construcciones Y Proyectos SL es Construcción

Publicaciones:

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

14-11-2016
A160081437

 
EdictoDoña Lucía Peces Gómez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, anuncia:Que en el Sección I Declaración Concurso 21/2011 seguido en este órgano judicial, a instancia de la Procuradora Sra. Esther Martín Castizo, en nombre de PROVIAL, Construcciones y Proyectos, S.L. con CIF n.º B-06313928, se ha dictado auto n.º 242/2016, de fecha 3 de noviembre de 2016, cuyo fallo es del contenido literal siguiente:1. Declarar la conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, de PROVIAL, CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.L., instado en su día por la procuradora de los tribunales Esther Martín Castizo.2. Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.3. Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.4. La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita.5. Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal integrada por D. RAFAEL CAMPS Y PÉREZ DEL BOSQUE, D. JOSÉ JEREZ IGLESIAS, y D. PEDRO LÓPEZ RAMÍREZ.6. Se autoriza a la Administración Concursal D. RAFAEL CAMPS Y PÉREZ DEL BOSQUE, D. JOSÉ JEREZ IGLESIAS, y D. PEDRO LÓPEZ RAMÍREZ para:- Continuar gestionando las cuestiones del Plan de Liquidación reseñadas, y las que traigan causa de las mismas.- Si alguna reclamación se resolviera contra la concursa, incluso desde el Juzgado Mercantil, en su caso, se considerarán terminadas las facultades de gestión sobre la reclamación planteada, sin que proceda recurso alguno.- Si alguna reclamación se resolviera contra la concursa, el importe que se obtenga se ingresará en la cuenta corriente de la concursa, y se destinará expresamente al pago de los créditos contra la masa de acuerdo de acuerdo con lo previsto en el artículo 176 bis de la Ley Concursal, quedando facultado los administradores para la realización de los pagos que correspondan.- Los administradores-liquidadores, quedan facultados y obligados a informar por escrito al Juzgado de las operaciones de cobro y pago derivadas de las cuestiones planteadas.Badajoz, 3 de noviembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

10-04-2012
A120019480

 

Cese de los Administradores

Apertura de la fase de liquidación

Apertura de la sección seis

 
Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz,AnuciaQue en la Sección V del Concurso 21/2011, referente al concursado Provial Construcciones y Proyectos, S.L., con CIF B06313928, por auto de fecha 15 de febrero de 2012, se ha acordado lo siguiente:1.-Abrir la fase de liquidación del concurso.2.-Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.3.-Se ha declarado disuelta la mercantil Provial Construcciones y Proyectos, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.4.-La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en BOE y quedará fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Badajoz, 15 de febrero de 2012.- La Secretaria judicial.

04-11-2011
79557

 

Convocatoria de Junta de Acreedores

 
EdictoDoña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, anuncia:1. Que en el procedimiento concursal número sección I declaración concurso 0000021/2011 referente a la concursada «Provial Construcciones y Proyectos, S.L.», con C.I.F. B-06313928, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 14 de febrero de 2012, a las diez horas en la sala de vistas de este Juzgado, sita en la calle Castillo Puebla de Alcocer, 20, de Badajoz.2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, la deudora y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio que se presenten en los términos del artículo 115.3 de la LC.3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de Apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.Badajoz, 11 de octubre de 2011.- La Secretaria Judicial.

06-07-2011
53905

 

Presentación del Informe de la administración concursal

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
EdictoDoña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, anuncia:1.- Que en el Sección I Declaración Concurso 0000021/2011 referente al deudor «Provial Construcciones y Proyectos, S.L.» con CIF B-06313928, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este órgano judicial y en el BOE, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).Badajoz, 6 de junio de 2011.- La Secretaria Judicial.

02-04-2011
20907

 
Doña Lucía Peces Gómez, Secretaría Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz,Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I declaración concurso 21/2011, se ha publicado en el BOE, en fecha 19 de marzo de 2011, edicto de declaración del concurso de Provial Construcciones y Proyectos, S.L., C.I.F. B06313928 en el que no figura la fecha del auto de declaración que es de 24 de febrero de 2011. Librándose el presente para subsanar el citado defecto. Se hace saber que el plazo para la presentación de créditos y personación de los acreedores e interesados contará desde la publicación de la presente subsanación.Badajoz, 23 de marzo de 2011.- Secretaria Judicial.

19-03-2011
17626

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
EdictoDoña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 0000021/ 2011 se ha dictado a instancias de Provial Construcciones y Proyectos, S.L. en fecha Auto de Declaración de Concurso Ordinario Voluntario del deudor Provial Construcciones y Proyectos, S.L. con CIF B-06313928, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Calle San Blas, 4, piso bajo, Almendralejo (Badajoz).2º.- Se ha acordado la Intervención de las facultades de administración y disposición del concursado por la administración concursal que estará compuesta por:El Abogado Don Rafael Camps y Pérez del Bosque, con domicilio en Calle Camilo José Cela, número 3, 4º A de Mérida.El Economista, Don José Jerez Iglesias, con domicilio en Calle Pantano de la Serena, 2 ch-58 Badajoz.El acreedor, Firmes y Hormigones Sani con domicilio en carretera de Gijón-Sevilla kilómetro 646 de Almendralejo (Badajoz).3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).Badajoz, 24 de febrero de 2011.- La Secretaria Judicial.

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