Concurso de acreedores terminado Proxectos Consultoria E Formacion SL

Concurso de acreedores terminado Proxectos Consultoria E Formacion SL

El 07-07-2011, Proxectos Consultoria E Formacion SL, en FERROL (La Coruña) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de LA CORUÑA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B15782030. La principal actividad de la empresa Proxectos Consultoria E Formacion SL es actividades de las sedes centrales; actividades de consultoría de gestión empresarial. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Proxectos Consultoria E Formacion SL

Nombre de la mercantil: Proxectos Consultoria E Formacion SL
Localidad: FERROL
Provincia: La Coruña
Dirección: DOUTOR FLEMING 015401 FERROL
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B15782030
Número De Insolvencia: B15782030
Juzgado: Juzgado de LA CORUÑA

Actividad Principal de Proxectos Consultoria E Formacion SL

La actividad de la empresa Proxectos Consultoria E Formacion SL es Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos

Publicaciones:

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

23-05-2019
A190028908

 

Alzamiento de las limitaciones de administración

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presenteHago saber:Primero. Que en los autos seguido en este Juzgado con el número de Sección I Declaración Concurso 0000254/11 se ha dictado a instancias de Proxectos Consultoría e Formación, Sociedad Limitada (B-15782030) en fecha 12 de marzo de 2019 Auto de Conclusión de Concurso cuyo centro de intereses principales lo tiene en Ferrol.Acuerdo:1.-Declarar la conclusión del procedimiento sobre concurso ordinario Proxectos Consultoría e Formación, Sociedad Limitada, provista de CIF B-15.782.030 (datos registrales, Registro Mercantil de A Coruña Tomo 2.461 del archivo, sección general, folio 205, hoja número C-26.496) por finalización de las operaciones de liquidación, e insuficiencia de la masa activa y, en consecuencia, el archivo de las actuaciones.2.-Se aprueban las cuentas presentadas por la administración concursal.3.-Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes.4.-Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro, a cuyo efecto se expedirá mandamientos al citado Registro.5.-Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.6.-Se acuerda la publicidad de esta resolución mediante anuncia, de forma gratuita, en el «Boletín Oficial del Estado», ello por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.7.-Si aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la Ley Concursal.8.-Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.9.-Notifíquese al Ministerio Fiscal esta resolución y de los antecedentes necesarios.10.-Una vez realizados por la Administración Concursal los pagos necesarios para la conclusión del concurso, para los que existe provisión de fondos, tal y señaló en su informe final y rendición final de cuentas presentada, y aprobada con esta resolución, se requiere a la Administración Concursal para que aporte justificación acreditativa de haber verificado los mismos.Modo de impugnación: Esta resolución es firme, y contra ello no podrá interponerse recurso alguno de acuerdo con lo establecido en el artículo 177.1 de la Ley Concursal.A Coruña, 13 de marzo de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

12-08-2011
62993

 

Auto de declaración de concurso

Cese de los Administradores

 
Don José Javier García Valentín, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil Mercantil número 1 de A Coruña,Por el presente, hago saber:1º.- Que en los Autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 0000254/11, se ha dictado a instancias de Proxectos Consultoría e Formación, S.L. (B-15782030) en fecha de 6 de Julio Auto de Declaración de Concurso cuyo centro de intereses principales lo tiene en Ferrol.2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición.3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de Quince Días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales y copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).5º.- Que ha sido nombrado Administrador Concursal don Ricardo López Mosteiro con despacho profesional en calle Donantes de Sangre, 1 – 1.º A Coruña.A Coruña, 7 de julio de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

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