Concurso de acreedores terminado Proyectos Son Mainel SL
El 04-03-2014, Proyectos Son Mainel SL, en PALMA (Baleares) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B57321895. La principal actividad de la empresa Proyectos Son Mainel SL es construcción de edificios. El concurso ha concluido.
Información General de Proyectos Son Mainel SL
Nombre de la mercantil: Proyectos Son Mainel SL
Localidad: PALMA
Provincia: Baleares
Dirección: JESUS, 12 – BJ A 007003 PALMA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B57321895
Número De Insolvencia: B57321895
Juzgado: Juzgado de PALMA DE MALLORCA
Actividad Principal de Proyectos Son Mainel SL
La actividad de la empresa Proyectos Son Mainel SL es Construcción
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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Proyectos Son Mainel SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
10-11-2020
A200053578
Conclusión del concurso
Don Juan Enrique Tévar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma, por el presente,Hago saber:Que en los autos seguidos en este Juzgado 63/2014 se ha dictado, a instancia de la administración concursal, en fecha de 19 de octubre 2020, auto de conclusión de concurso de la entidad Proyectos Son Mainel, S.L., con CIF B57321895, habiéndose aprobado la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, quedando la misma de manifiesto en esta oficina judicial.Palma, 29 de octubre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Enrique Tévar Fernández.
05-04-2014
A140016022
Rectificatie
Don José Luis Garrido de Frutos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:1.º Que con fecha 18 de marzo de 2014 fue publicada en el BOE la declaración de concurso del deudor Proyectos Son Mainel, S.L., con CIF B-57321895, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle de Jesús, número 12, bajos A, de Palma de Mallorca, que se sigue en este Juzgado con el n.º 63/14, y NIG n.º 07040 47 1 2014 0000100.2.º Que se ha advertido un error en el correo electrónico [email protected] siendo el correcto [email protected] de Mallorca, 2 de abril de 2014.- El Secretario Judicial.
18-03-2014
A140012470
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
D. Jose Luis Garrido de Frutos, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 63/14 y NIG 07040 47 1 2014 0000100, se ha dictado en fecha 4 de marzo de 2014, auto de declaración de concurso voluntario ordinario de los deudores:Proyectos Son Mainel, S.L., con CIF B-57321895, con domicilio Calle de Jesús, numero 12, bajos A, de Palma de Mallorca.2º.- Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.3º.- Que ha sido nombrado como administrador concursal la sociedad Rousaud Costas Duran Concursal, S.L.P., en cuyo nombre el abogado Jordi Albiol Plans, en calidad de administrador de la sociedad, queda designada para el ejercicio de la funciones propias de la administración concursal.4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal: Calle Escuela Pías, número 102, Barcelona, y direccion correo pagina web: [email protected], en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art.º 184.3 Ley Concursal).Palma de Mallorca, 13 de marzo de 2014.- El Secretario Judicial.
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