Concurso de acreedores terminado Puber SL

Concurso de acreedores terminado Puber SL

El 03-11-2011, Puber SL, en LA MUELA (Zaragoza) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de ZARAGOZA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B50088947. La principal actividad de la empresa Puber SL es fabricación de otros productos minerales no metálicos. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Puber SL

Nombre de la mercantil: Puber SL
Localidad: LA MUELA
Provincia: Zaragoza
Dirección: MEXICO 050196 LA MUELA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B50088947
Número De Insolvencia: B50088947
Juzgado: Juzgado de ZARAGOZA

Actividad Principal de Puber SL

La actividad de la empresa Puber SL es Industria

Publicaciones:

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

21-01-2016
A160000701

 

Cese de los Administradores

Alzamiento de las limitaciones de administración

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
EdictoDoña Elena Buil Torralba, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza,AnunciaPrimero.-Que en el procedimiento concursal número 382/11-E se ha dictado el Auto de conclusión por insuficiencia de masa activa del concurso del deudor Puber, S.L., con CIF B-50088947.Segundo.-En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil.Tercero.-En dicho Auto se ha acordado la publicación en Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado. Contra el referido Auto no cabe recurso alguno.Zaragoza, 11 de enero de 2016.- La Secretaria judicial.

25-07-2013
A130043993

 

Cese de los Administradores

Apertura de la fase de liquidación

Apertura de la sección quinta

Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados

 
Doña María Jaén Bayarte, Secretaria judicial, del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza,Anuncia: Que en el procedimiento concursal 382/11-E, referente al concursado Puber, S.A., con CIF B50088947, y con domicilio en Polígono Industrial Centro Vía, c/ México, 11, La Muela (Zaragoza), por auto de fecha 15 de julio de 2013, se ha acordado lo siguiente:1.- Abrir la fase de liquidación del concurso acordada de oficio, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de la resolución dictada.2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.3.- Se ha declarado disuelta la mercantil Puber, S.A., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.4.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.Zaragoza, 15 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

23-03-2012
A120016527

 

Presentación del Informe de la administración concursal

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
Doña Milagros Alcón Omedes, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, anuncia:1.- Que en el procedimiento Sección I Declaración Concurso 0000382/2011-E, referente al deudor Puber, S.A., CIF n.º B-50088947 y domicilio social en Polígono Industrial Centrovía, c/ México,11 de La Muela (Zaragoza), se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capitulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la L. Concursal).Zaragoza, 28 de febrero de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

18-11-2011
83049

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
D.ª Milagros Alcón Omedes, Secretario/a Judicial de Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza,Por el presente, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Seccion I Declaracion Concurso 0000382/2011 se ha dictado a instancias de Puber, S.A., en fecha 3 de noviembre de 2011 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Puber, S.A., con CIF B50088947 y domicilio en Polígono Industrial Centro Vía, c/ México, 11, de La Muela (Zaragoza).2º.- Se ha acordado la Intervención de las facultades de administración y disposicion que seguirá ejerciendo el deudor.3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administracion Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y en el que se expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).Zaragoza, 3 de noviembre de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

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