Concurso de acreedores terminado Purullena De Plasticos Sa
El 21-03-2006, Purullena De Plasticos Sa, en PURULLENA (Granada) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de GRANADA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A18042572. La principal actividad de la empresa Purullena De Plasticos Sa es fabricación de productos de caucho y plásticos. El concurso ha concluido.
Información General de Purullena De Plasticos Sa
Nombre de la mercantil: Purullena De Plasticos Sa
Localidad: PURULLENA
Provincia: Granada
Dirección: LAS VINAS S/N 018519 PURULLENA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: A18042572
Número De Insolvencia: A18042572
Juzgado: Juzgado de GRANADA
Actividad Principal de Purullena De Plasticos Sa
La actividad de la empresa Purullena De Plasticos Sa es Industria
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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Purullena De Plasticos Sa:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
29-01-2014
A140001751
Auto de declaración de concurso
Conclusión del concurso
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n.º Uno de Granada en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal anuncia:Que en el procedimiento número 392/2005, por auto de 21 de marzo de 2006 se ha declarado en concurso necesario al deudor Purullena de Plásticos, S.A., con domicilio en Pol. Industrial Las Viñas, s/n, Purullena (Granada) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en el mismo.Que con fecha 14/11/2013, se ha dictado la resolución que contiene los particulares siguientes:Decido la Conclusión del Concurso de Acreedores de la sociedad Purullena de Plásticos, S.A., con CIF A-18042572 y en consecuencia:Primero: La extinción de la persona jurídica con cancelación de la inscripción en dicho registro a cuyo efecto se librará mandamiento para la misma una vez firme la presente que se entregará a la solicitante debiendo cumplimentarlo en un plazo de cinco días y entregarlo en este juzgado.Segundo: Requerir al administrador concursal para que en el plazo de cinco días desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro mercantil aporte al juzgado su acreditación de administrador cesando en ese momento en sus funciones.Granada, 15 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.
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