Concurso de acreedores Reconspro De Rande SL

Concurso de acreedores Reconspro De Rande SL

El 10-05-2012, Reconspro De Rande SL, en CANGAS (Pontevedra) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de PONTEVEDRA. Como síndico se ha designado IGLESIAS PASTORIZA, TITO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B36764199. La principal actividad de la empresa Reconspro De Rande SL es construcción de edificios. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Reconspro De Rande SL

Nombre de la mercantil: Reconspro De Rande SL
Localidad: CANGAS
Provincia: Pontevedra
Dirección: CHOUPANA (LG CHOUPANA S) 036940 CANGAS
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B36764199
Número De Insolvencia: B36764199
Juzgado: Juzgado de PONTEVEDRA

Actividad Principal de Reconspro De Rande SL

La actividad de la empresa Reconspro De Rande SL es

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

14-06-2012
A120041745

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
Don José Luís Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración de Concurso 81/2012 se ha dictado en fecha 10 de mayo de 2012 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Reconspro de Rande, S.L., con C.I.F B-36764199 y Promotora Costa Morrazo, S.L., con C.I.F. B-36466639 y domicilio social en lugar Choupana, s/n (Cangas).2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio de las deudoras mediante autorización o conformidad de la administración concursal.Se ha designado, como administración concursal a don Tito Iglesias Pastoriza, con D.N.I. 76810159-A, con domicilio postal en oficina Senén Soto Santiago, en la calle Rosalía de Castro, número 48- oficina 10, de Pontevedra y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.Pontevedra, 21 de mayo de 2012.- Secretario judicial.

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