Concurso de acreedores Reflotes Y Reconstrucciones Maritimas, S.L.

Concurso de acreedores Reflotes Y Reconstrucciones Maritimas, S.L.

El 16-09-2013, Reflotes Y Reconstrucciones Maritimas, S.L., en ANTIGUA (Palmas (Las)) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B35400662. La principal actividad de la empresa Reflotes Y Reconstrucciones Maritimas, S.L. es fabricación de otro material de transporte. El síndico ha presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos.

Información General de Reflotes Y Reconstrucciones Maritimas, S.L.

Nombre de la mercantil: Reflotes Y Reconstrucciones Maritimas, S.L.
Localidad: ANTIGUA
Provincia: Palmas (Las)
Dirección: TIBIABIN (CALETA DE FUSTE 0070) 7035630 ANTIGUA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B35400662
Número De Insolvencia: B35400662
Juzgado: Juzgado de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Actividad Principal de Reflotes Y Reconstrucciones Maritimas, S.L.

La actividad de la empresa Reflotes Y Reconstrucciones Maritimas, S.L. es Industria

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

09-12-2013
A130066542

 

Presentación del Informe de la administración concursal

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
EdictoDoña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 257/2013, seguido en virtud de la declaración de concurso de Reflotes y Reconstrucciones Marítimas, S.L., con CIF B35400662, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.Las Palmas de Gran Canaria, 26 de noviembre de 2013.- Secretaria Judicial.

28-09-2013
A130052536

 

Auto de declaración de concurso

 
EdictoDoña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria,Por el presente, hace saber: Que en el procedimiento concursal 257/2013, seguido a instancias de la Procuradora doña María Elisa Pérez Beltrán, en nombre y representación de Reflotes y Reconstrucciones Marítimas, S.L., se ha dictado Auto el día 16/09/2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:Se declara el concurso de Reflotes y Reconstrucciones Marítimas, S.L., con CIF B-35400662, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.Se designan como Administradores del concurso a D. Bruno Naranjo Pérez, como Abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de C/ Domingo Doreste, nº 16, bajo, de esta ciudad. Teléfono 670-80-85-65 y fax 928-31-26-73, así como Dirección electrónica [email protected] cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda: El deudor Reflotes y Reconstrucciones Marítimas, S.L., conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de Un Mes a contar desde el siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).D. Alberto López Villarribia, Magistrado Juez, Dña. María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial.-Firmados y rubricados.Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.Las Palmas de Gran Canaria, 18 de septiembre de 2013.- Secretaria Judicial.

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