Concurso de acreedores Restagourmet Sociedad Anonima
El 25-11-2010, Restagourmet Sociedad Anonima, en PALAMOS (Gerona) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de GIRONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A17422437. La principal actividad de la empresa Restagourmet Sociedad Anonima es servicios de comidas y bebidas.
Información General de Restagourmet Sociedad Anonima
Nombre de la mercantil: Restagourmet Sociedad Anonima
Localidad: PALAMOS
Provincia: Gerona
Dirección: ARNAU SA BRUGUERA 1217230 PALAMOS
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A17422437
Número De Insolvencia: A17422437
Juzgado: Juzgado de GIRONA
Actividad Principal de Restagourmet Sociedad Anonima
La actividad de la empresa Restagourmet Sociedad Anonima es Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
10-12-2010
88459
Auto de declaración de concurso
Dn José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de GironaHago saber: Que en el Concurso voluntario n.º 735/2010, se ha acordado mediante Auto de fecha 25 de noviembre de 2010 la admisión a trámite del Concurso Voluntario de la entidad mercantil Restagourmet, S.A., con domicilio en c/ Sa Bruguera, 12 de Palamós, CIF núm. A-17422437, siendo designado como Administrador Concursal a don Lluis M.ª Martinon Porres.Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.En cumplimiento del Real Decreto 3/2009, de 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la LC.Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente enGirona, 25 de noviembre de 2010.- Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial.