Concurso de acreedores terminado Sahiga Tic SL

Concurso de acreedores terminado Sahiga Tic SL

El 29-10-2014, Sahiga Tic SL, en MERIDA (Badajoz) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de BADAJOZ. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B06554414. La principal actividad de la empresa Sahiga Tic SL es edición. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Sahiga Tic SL

Nombre de la mercantil: Sahiga Tic SL
Localidad: MERIDA
Provincia: Badajoz
Dirección: ARQUITAS 406800 MERIDA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B06554414
Número De Insolvencia: B06554414
Juzgado: Juzgado de BADAJOZ

Actividad Principal de Sahiga Tic SL

La actividad de la empresa Sahiga Tic SL es Información y comunicaciones

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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Sahiga Tic SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

12-02-2019
A190006759

 

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
E D I C T ODoña Lucía Peces Gómez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, anuncia:Que en la Sección I Declaración Concurso 329/2014 seguido en este Órgano judicial, a instancia de la Procuradora Sra. Espejo Franco, en nombre de PROCAEX 21, S.L., contra SAHIGA TIC, S.L., con CIF B-06554414 se ha dictado Auto n.º 33/2019, de fecha 6 de febrero de 2019, cuyo fallo es del contenido literal siguiente:1.- Declarar la conclusión del concurso SAHIGA TIC, S.L., con CIF B-06554414, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.2.- Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto expídanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.4.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita.5.- Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal integrada por D. AGUSTIN VILAPLANA ARIAS.Badajoz, 7 de febrero de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Lucía Peces Gómez.

13-11-2014
A140054944

 

Auto de declaración de concurso

Cese de los Administradores

 
D.ª Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Jdo. de lo Mercantil n. 1 de Badajoz, por el presente hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 0000329/2014 se ha dictado en fecha 29 de octubre de 2014, Auto de declaración de concurso necesario del deudor SAHIGA TIC S.L., con CIF B06554414, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Arquitas, n.º 4, de Mérida (Badajoz) 06800.2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a CONCURSA2 ASEREX, S.L., con domicilio postal en C/ Rafael Lucenqui, 10 A, oficina 4, 06004 Badajoz, y dirección electrónica señalada [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.esBadajoz, 29 de octubre de 2014.- La Secretaria Judicial.

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