Concurso de acreedores terminado Signos Comunicacion Visual SL
El 04-09-2020, Signos Comunicacion Visual SL, en LOGROÑO (La Rioja) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de LOGROÑO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B26271700. La principal actividad de la empresa Signos Comunicacion Visual SL es artes gráficas y reproducción de soportes grabados. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Información General de Signos Comunicacion Visual SL
Nombre de la mercantil: Signos Comunicacion Visual SL
Localidad: LOGROÑO
Provincia: La Rioja
Dirección: PORTUGAL 626001 LOGROÑO
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B26271700
Número De Insolvencia: B26271700
Juzgado: Juzgado de LOGROÑO
Actividad Principal de Signos Comunicacion Visual SL
La actividad de la empresa Signos Comunicacion Visual SL es Industria
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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Signos Comunicacion Visual SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
10-09-2020
A200038842
Auto de declaración de concurso voluntario
Conclusión por insuficiencia de masa activa
EdictoDoña María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño, y Mercantil de La Rioja,Hago saber:Que en este Juzgado se sigue Concurso Voluntario con el número 603/2020, N.I.G.: 26089 42 1 2020 0004280 relativo a la deudora Signos Comunicación Visual, S.L.U., con domicilio social en calle Lardero 12-14 de Logroño (La Rioja), y CIF B26271700, en el cual se ha dictado Auto con fecha 4 de septiembre de 2020, cuya parte dispositiva, dice:1.- Debo Declarar y Declaro el concurso voluntario de la entidad Signos Comunicación Visual, S.L.U., con domicilio social en calle Lardero Nº 12-14 bajo de Logroño (La Rioja) y CIF B26271700 Y simultáneamente Concluirlo por insuficiencia de masa.2.- Publíquese la declaración de concurso y su conclusión en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado, y en el Registro Público Concursal. La publicación en el BOE tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja registral en el Registro Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.4.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.esNotifíquese a las partes y hágales saber que contra la misma, por aplicación del art. 471 TRLC se podrá interponer Recurso de Apelación por quien ostente interés legítimo.Logroño, 4 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Asunción González Elías.
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