Concurso de acreedores terminado Soko Aviation SL
El 08-09-2011, Soko Aviation SL, en TORREJON DE ARDOZ (Madrid) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MADRID. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B07964836. La principal actividad de la empresa Soko Aviation SL es almacenamiento y actividades anexas al transporte. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Información General de Soko Aviation SL
Nombre de la mercantil: Soko Aviation SL
Localidad: TORREJON DE ARDOZ
Provincia: Madrid
Dirección: COMPLEJO BASE AEREA (BASE AEREA CIVIL) 028850 TORREJON DE ARDOZ
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B07964836
Número De Insolvencia: B07964836
Juzgado: Juzgado de MADRID
Actividad Principal de Soko Aviation SL
La actividad de la empresa Soko Aviation SL es Transporte y almacenamiento
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
03-08-2019
A190045020
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión por insuficiencia de masa activa
EdictoDoña María Luisa Pariente Vellisca, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),Anuncia1.º- Que en el procedimiento Concurso Abreviado 293/2011 de la concursada SOKO AVIATION, S.L., con CIF n.º B-07964836, por Auto de fecha 23 de julio de 2019 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3.2.º- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.3.º- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción.Madrid, 30 de julio de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Pariente Vellisca.
04-07-2013
A130039143
Apertura de la sección seis
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil de Madrid,Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 293 /2011 referente al concursado Soko Aviation, S.L., por auto de fecha 12 de junio de 2013 se ha acordado abrir la sección sexta de calificación que acuerda:Que dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el BOE, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Madrid, 12 de junio de 2013.- Secretario Judicial.
25-02-2013
A130007990
Cese de los Administradores
Apertura de la fase de liquidación
Edicto.D.ª M.ª Luisa Pariente Vellisca Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, anuncia:Que en el procedimiento concursal número 293/11 referente al concursado «Soko Aviation, S.L.», por auto de fecha 8 de febrero de 2013 se ha acordado lo siguiente:1.- Abrir la fase de liquidación del concurso al haber mostrado su conformidad el deudor a la solicitud de la administración concursal.2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.3.- Se ha declarado disuelta la mercantil «Soko Aviation, S.L.», cesando en su función sus administradores, que serán sustituídos por la administración concursal.4.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán en el en el tablón de anuncios del Juzgado.Inscríbase, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.Madrid, 8 de febrero de 2013.- Secretario Judicial.
26-11-2011
83540
Presentación del Informe de la administración concursal
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
Edicto.Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, anuncia:1. Que en el procedimiento concursal número 293/2011 referente a la deudora «Soko Aviation, S.L.», se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal (L.C.), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.2. Dentro del plazo de cinco días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios del Juzgado los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.Madrid, 11 de noviembre de 2011.- La Secretaria Judicial.
19-09-2011
67123
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoD.ª Yolanda Peña Jiménez Secretario del juzgado de lo mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal anuncia1.º Que en el procedimiento n.º 293/2011 por auto de fecha 8 de septiembre de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor SOKO AVIATION, S.L., con C.I.F.: B-07.964.836 y domicilio en: Base aérea civil. 28850 Torrejón de Ardoz, Madrid.2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.El plazo para esta comunicación es el de 15 días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la LC)Madrid, 8 de septiembre de 2011.- Secretario Judicial.