Concurso de acreedores terminado Solados Y Alicatados Velazquez SL
El 27-10-2010, Solados Y Alicatados Velazquez SL, en MOSTOLES (Madrid) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MADRID. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B84665918. La principal actividad de la empresa Solados Y Alicatados Velazquez SL es construcción de edificios. El concurso ha concluido.
Información General de Solados Y Alicatados Velazquez SL
Nombre de la mercantil: Solados Y Alicatados Velazquez SL
Localidad: MOSTOLES
Provincia: Madrid
Dirección: DEL PILAR 2228934 MOSTOLES
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B84665918
Número De Insolvencia: B84665918
Juzgado: Juzgado de MADRID
Actividad Principal de Solados Y Alicatados Velazquez SL
La actividad de la empresa Solados Y Alicatados Velazquez SL es
Publicaciones:
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
16-10-2019
A190056906
Conclusión del concurso
EdictoYolanda Peña Jiménez, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Madrid.En el concurso voluntario abreviado número 442/2010 de la entidad Solados y Alicatados Velázquez, S.L., con CIF B84665918, se ha dictado auto de conclusión de concurso de fecha de 11 de octubre de 2019 en virtud de lo previsto en el artículo 176 de la Ley Concursal.Madrid, 11 de octubre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Yolanda Peña Jiménez.
23-03-2011
12094
Presentación del Informe de la administración concursal
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
EdictoD.ª Inmaculada Rejas de Francisco, secretario del Juzgado Mercantil n.º 1 de Madrid, en virtud de lo previsto en el art. 95.2 en relación con el 23 de la LC, anuncia:1. Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado nº442/10, referente al deudor Solados y Alicatados Velázquez, S.L, se ha presentado el informe al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa.2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la publicación de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita de conformidad con el Real Decreto-Ley 3/09 y vía telemática, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones ante este Juzgado de lo Mercantil.3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.4. Dentro del plazo de diez días, computado desde la notificación de la providencia que pone de manifiesto el informe, los personados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones ante este Juzgado de lo Mercantil.Madrid, 18 de febrero de 2011.- Secretario judicial.
24-11-2010
79349
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoDoña Inmaculada Rejas de Francisco, Secretario del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC),Anuncia1.º-Que en el Concurso Voluntario Abreviado número 442/10, por auto de 27 de Octubre de 2010 se ha declarado en concurso de acreedores a la mercantil Solados y Alicatados Velázquez, S.L, con CIF B-84665918, con domicilio social en la calle del Pilar, n.º 22, 28934 Móstoles (Madrid), coincidente con su centro de intereses principales.2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde la publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita.4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Madrid, 27 de octubre de 2010.- Secretaria judicial.