Concurso de acreedores Spiral Management Services SL
El 09-09-2013, Spiral Management Services SL, en CASARRUBIOS DEL MONTE (Toledo) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de TOLEDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B45541653. La principal actividad de la empresa Spiral Management Services SL es almacenamiento y actividades anexas al transporte. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Spiral Management Services SL
Nombre de la mercantil: Spiral Management Services SL
Localidad: CASARRUBIOS DEL MONTE
Provincia: Toledo
Dirección: DEL ENCINAR (PG IND MONTE BOYA), 278 – 279 045950 CASARRUBIOS DEL MONTE
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B45541653
Número De Insolvencia: B45541653
Juzgado: Juzgado de TOLEDO
Actividad Principal de Spiral Management Services SL
La actividad de la empresa Spiral Management Services SL es Transporte y almacenamiento
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
07-10-2013
A130054317
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
EdictoD.ª Concepción Álvarez García, Secretaria Judicial del Jdo. 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Toledo, por el presente Hago Saber:1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 223/2013 y Nig nº 45168 411 2013 0010563 se ha dictado en fecha 09 de Septiembre de 2013 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Spiral Managemet Services, S.L., con Cif nº B-45541653, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Calle del Encinar, nave 278, Polígono Industrial Monteboyal, en Casrrubios del Monte (Toledo).2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administrador concursal a Ignacio Capote Alcocer, con domicilio postal en Centro de Negocios Santa Clara, Bajada de Castilla la Mancha s/n 45003 y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.Toledo, 9 de septiembre de 2013.- Secretaria Judicial.