Concurso de acreedores Sweet Lemon SL
El 07-06-2013, Sweet Lemon SL, en GALAPAGAR (Madrid) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MADRID. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B82622275. La principal actividad de la empresa Sweet Lemon SL es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas. Se ha abierto la fase de liquidación.
Información General de Sweet Lemon SL
Nombre de la mercantil: Sweet Lemon SL
Localidad: GALAPAGAR
Provincia: Madrid
Dirección: SALTOS DEL SIL 1628260 GALAPAGAR
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B82622275
Número De Insolvencia: B82622275
Juzgado: Juzgado de MADRID
Actividad Principal de Sweet Lemon SL
La actividad de la empresa Sweet Lemon SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
11-09-2013
A130049321
Presentación del Informe de la administración concursal
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
Apertura de la fase de liquidación
Edicto.Doña Virginia Montejo Labrada, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),1.- Que en el procedimiento concursal número 10 /2013 referente al deudor Sweet Lemon, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.2.- Anúnciese la presentación del informe por medio de edicto que se publicará en el tablón de anuncios del Juzgado y en el BOE.3.- En el edicto hágase saber a los demás interesados que en el plazo de diez días, computado desde la publicación, podrán impugnar tanto el inventario de bienes y derechos como la lista de acreedores en aquello que estimen les es perjudicial.4.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.5.- Hágase saber que conforme al art. 191 de la Ley Concursal, el plazo para la presentación de propuestas ordinarias de convenio finalizará en todo caso cinco días después de la notificación del informe del Administrador Concursal.Si en el plazo previsto en el apartado anterior no se hubiera presentado propuesta de convenio, el Secretario judicial abrirá de inmediato la fase de liquidación.Madrid, 2 de septiembre de 2013.- La Secretario Judicial.
24-06-2013
A130035709
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoDoña Verónica Calvo Moreno, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1º.- Que en el procedimiento número 10 /2013, por auto de 7 de junio de 2013 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Sweet Lemon, S.L., con domicilio en Galapagar (Madrid), Avd. Saltos del Sil, 16, y CIF B-82662275.2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, D. Jesús Caro González, con despacho profesional en calle Illescas, 96, 8.º C, de Madrid (28047), teléfono 91.684.44.89 y correo electrónico [email protected], la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración Concursal.No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Madrid, 10 de junio de 2013.- La Secretaria judicial.