Concurso de acreedores Systemx Sistemas Radiologicos SL
El 03-11-2015, Systemx Sistemas Radiologicos SL, en VILLANUEVA DE LA CAÑADA (Madrid) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de MADRID. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B86026598. La principal actividad de la empresa Systemx Sistemas Radiologicos SL es programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática.
Información General de Systemx Sistemas Radiologicos SL
Nombre de la mercantil: Systemx Sistemas Radiologicos SL
Localidad: VILLANUEVA DE LA CAÑADA
Provincia: Madrid
Dirección: OCHAGAVIA 1028691 VILLANUEVA DE LA CAÑADA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B86026598
Número De Insolvencia: B86026598
Juzgado: Juzgado de MADRID
Actividad Principal de Systemx Sistemas Radiologicos SL
La actividad de la empresa Systemx Sistemas Radiologicos SL es Información y comunicaciones
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Publicaciones Concurso de acreedores Systemx Sistemas Radiologicos SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
29-10-2016
A160073245
EdictoD. Mariano Rodriguez Trotonda, Letrado de la Administracion de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 03 de Madrid, anuncia:I.- Debo acordar y acuerdo la conclusión del concurso voluntario de Systemx Sistemas Radiológicos, S.L., que fue declarado por Auto de fecha 28 de octubre de 2015, por inexistencia de bienes y derechos con los que integrar la masa activa del concurso, cesando el régimen de intervención de facultades sobre la concursada, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes o derechos.II.- Debo declarar y declaro extinguida la entidad Systemx Sistemas Radiológicos, S.L., con cancelación de los asientos referentes a la sociedad extinguida, y cierre de su hoja registral en los Registros públicos correspondientes, librándose al efecto los oportunos mandamientos. Se procederá al depósito de sus libros de comercio y documentos relativos al su tráfico en el Registro Mercantil correspondiente. De estas actuaciones deberá informar sobre su cumplimiento la Administración concursal, en el plazo de 15 dÃas.III.- Una vez sea presentada por la Administración concursal rendición de cuentas en el mismo plazo señalado en el punto anterior, la misma será objeto de la oportuna resolución en la pieza separada correspondiente.NotifÃquese este Auto según lo dispuesto a las partes personadas, previniéndose de que contra el mismo no cabe recurso alguno.Madrid, 13 de octubre de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.
26-01-2016
A150056542
Auto de declaración de concurso voluntario
EDICTOD. Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid, anuncia:1º.- Que en en el procedimiento número 830/2015 con NIG 2807900220150226264, referente al concursado Systemx sistemas radiológicos, S.L., con CIF B-86026598, se ha dictado auto declarando el concurso Voluntario Abreviado por el magistrado D. Antonio Pedreira González, de fecha 3 de Noviembre de 2015 en dicho Concurso.2º.- El concursado conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido ejercicio de éstas a la intervención de la Administración concursal, mediante su autorización o conformidad.3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la lc.4º.- La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por la Administrador concursal D. Inocencio Arroyo Egido con DNI 07529161-L con despacho profesional en la calle camino de Leganés nº24, Bajo B, esc dcha en Móstoles (Madrid 28937), con nº de teléfono 656.665.115 y fax 91.326.05.44, así como correo electrónico [email protected], no producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado.El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación en el boletín oficial del estado, indicando que el registro público concursal no está desarrollado reglamentariamente.5º.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC).Madrid, 28 de diciembre de 2015.- Letrado de la Administración Justicia.
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