Concurso de acreedores T. Electro Mecanica Cabezon S.L.
El 25-09-2009, T. Electro Mecanica Cabezon S.L., en CABEZON DE LA SAL (Cantabria) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de SANTANDER. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B39361852. La principal actividad de la empresa T. Electro Mecanica Cabezon S.L. es venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas.
Información General de T. Electro Mecanica Cabezon S.L.
Nombre de la mercantil: T. Electro Mecanica Cabezon S.L.
Localidad: CABEZON DE LA SAL
Provincia: Cantabria
Dirección: EL PARQUE 1639500 CABEZON DE LA SAL
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B39361852
Número De Insolvencia: B39361852
Juzgado: Juzgado de SANTANDER
Actividad Principal de T. Electro Mecanica Cabezon S.L.
La actividad de la empresa T. Electro Mecanica Cabezon S.L. es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
14-10-2009
73100
Auto de declaración de concurso
Doña María Nieves García Pérez, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número diez y de lo Mercantil de Santander, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:1º.- Que en el procedimiento número 850/2009, por auto de fecha 24.09.09 se ha declarado en concurso al deudor «T. Electro Mecánica Cabezón, Sociedad Limitada», con CIF número B-39361852 y con domicilio en Urbanización El Parque, 16, de Cabezón de la Sal (Cantabria).2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en´el tablón de anuncios del Juzgado.4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184,3 LC).Santander, 25 de septiembre de 2009.- La Secretaria Judicial.