Concurso de acreedores Taller De Arquitectura De Burguillos SL

Concurso de acreedores Taller De Arquitectura De Burguillos SL

El 24-05-2010, Taller De Arquitectura De Burguillos SL, en BURGUILLOS (Sevilla) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de SEVILLA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B91332122. La principal actividad de la empresa Taller De Arquitectura De Burguillos SL es servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos.

Información General de Taller De Arquitectura De Burguillos SL

Nombre de la mercantil: Taller De Arquitectura De Burguillos SL
Localidad: BURGUILLOS
Provincia: Sevilla
Dirección: REAL 041220 BURGUILLOS
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B91332122
Número De Insolvencia: B91332122
Juzgado: Juzgado de SEVILLA

Actividad Principal de Taller De Arquitectura De Burguillos SL

La actividad de la empresa Taller De Arquitectura De Burguillos SL es Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos

Publicaciones:

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

21-06-2010
46879

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:1º.- Que en el procedimiento número 493/2010, por auto de 24/05/10 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Taller de Arquitectura de Burguillos, SL, con C.I.F. B-91332122, con domicilio en C/ Real-n.º 2-4-Edificio Carmen Laffon-41220-Burguillos-Sevilla.2º- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Sevilla, 24 de mayo de 2010.- El/la Secretario Judicial.

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