Concurso de acreedores terminado Talleres Lagun Berriak SL (En Liquidacion)

Concurso de acreedores terminado Talleres Lagun Berriak SL (En Liquidacion)

El 16-07-2013, Talleres Lagun Berriak SL (En Liquidacion), en KURTZEA (Vizcaya) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de BILBAO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B48667265. La principal actividad de la empresa Talleres Lagun Berriak SL (En Liquidacion) es venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Talleres Lagun Berriak SL (En Liquidacion)

Nombre de la mercantil: Talleres Lagun Berriak SL (En Liquidacion)
Localidad: KURTZEA
Provincia: Vizcaya
Dirección: APERRIBAI 1048960 KURTZEA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B48667265
Número De Insolvencia: B48667265
Juzgado: Juzgado de BILBAO

Actividad Principal de Talleres Lagun Berriak SL (En Liquidacion)

La actividad de la empresa Talleres Lagun Berriak SL (En Liquidacion) es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

20-06-2015
A150027442

 

Alzamiento de las limitaciones de administración

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC);AnunciaQue en el procedimiento número 589/2013, por auto de 16 de julio de 2013 se ha declardo en concurso voluntario al deudor Talleres Lagun Berriak, S.L., con domicilio en Aperribai, 10, Galdakao (Bizkaia).Dicho auto, en su parte dispositiva es del tenor literal siguiente:1.-Se declara concluso el procedimiento concursal número 589/2013 referente al deudor Talleres Lagun Berriak, S.L., por insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.2.-Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes.3.-Se declara que el deudor queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.4.-Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro mercantil de Bizkaia a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.5.- Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.6.- Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado.La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado y de la masa activa.7.- Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a los dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.8.- Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.9.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.Contra esta auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC)Bilbao, 1 de junio de 2015.- El Secretario judicial.

07-05-2014
A140020182

 

Cese de los Administradores

Apertura de la fase de liquidación

Apertura de la sección seis

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao,Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 589/2013, referente al concursado Talleres Lagun Berriak, S.L., con CIF: B48667265, por auto de fecha 01/04/2014 se ha acordado lo siguiente:1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.3.- Se ha declarado disuelta la concursada, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.4.- La misma resolución ha acordado que una vez se apruebe el plan de liquidación, se abra la sección sexta de calificación del concurso.Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que se de a la resolución que acuerde la formación de dicha sección, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y se parte en la misma, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Bilbao, 2 de abril de 2014.- El Secretario judicial.

18-09-2013
A130050329

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1.- Que en el procedimiento número 589/2013, NIG n.º 48.04.2-13/016084,por auto de 16/07/2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Talleres Lagun Berriak, S.L., con NIF B48667265, con domicilio en calle Aperribai, n.º 10, Galdakao, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Galdakao.2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3.- Que la administración concursal está integrada por don Sergio Salcines Gasquet.Domicilio postal: Heros, 28, Entrep. Dcha., Bilbao.Dirección electrónica: [email protected] Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta anuncio en el Boletín Oficial de Estado.5.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Bilbao, 29 de julio de 2013.- La Secretario Judicial.

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