Concurso de acreedores Transamed Servicios Medicos SL.

Concurso de acreedores Transamed Servicios Medicos SL.

El 31-08-2020, Transamed Servicios Medicos SL., en LAS NAVAS DEL MARQUES (Ávila) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de ÁVILA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B87916433. La principal actividad de la empresa Transamed Servicios Medicos SL. es actividades sanitarias. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Transamed Servicios Medicos SL.

Nombre de la mercantil: Transamed Servicios Medicos SL.
Localidad: LAS NAVAS DEL MARQUES
Provincia: Ávila
Dirección: PACO SEGOVIA, 21 – PISO 1 C 005230 LAS NAVAS DEL MARQUES
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B87916433
Número De Insolvencia: B87916433
Juzgado: Juzgado de ÁVILA

Actividad Principal de Transamed Servicios Medicos SL.

La actividad de la empresa Transamed Servicios Medicos SL. es Actividades sanitarias y de servicios sociales

Publicaciones:

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

17-11-2020
A200056060

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
D.ª María del Carmen Arenas Jiménez, Letrado de la Administración de Justicia de Jdo.1.ª Inst.e Instrucción n.º 1 de Avila,Por el presente, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración concurso 285 /2020 y nig nº 05019 41 1 2020 0001462, se ha dictado en fecha 31 de agosto de 2020 Auto de declaración de concurso voluntario, que es firme, del deudor Transamed Servicios Médicos s.l, con Dni n.º B87916433, cuyo centro de intereses principales lo tiene en 05230 Las Navas del Marqués (Ávila), calle de Paco Segovia número 21, piso 1.º C.2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a D. Carlos Alberto Grande Grandas, con domicilio postal en Calle Velázquez núm. 105, 2º. 28006 Madrid. y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado».4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la dirección electrónica del Registro Público Concursal.Ávila, 12 de noviembre de 2020.- La Letrada de la Administracion de Justicia, María del Carmen Arenas Jimenez.

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