Concurso de acreedores terminado Turind’or SL

Concurso de acreedores terminado Turind’or SL

El 02-05-2012, Turind’or SL, en SANTANYI (Baleares) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B07278526. La principal actividad de la empresa Turind’or SL es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido.

Información General de Turind’or SL

Nombre de la mercantil: Turind’or SL
Localidad: SANTANYI
Provincia: Baleares
Dirección: BOULEVARD D’OR 1907660 SANTANYI
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B07278526
Número De Insolvencia: B07278526
Juzgado: Juzgado de PALMA DE MALLORCA

Actividad Principal de Turind’or SL

La actividad de la empresa Turind’or SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

28-05-2016
A160031398

 

Conclusión del concurso

 
Don Vicente Manuel Bolufer Francia, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por la presente,Hago saber:Que en los autos seguidos en este Órgano Judicial con el n.º 193/12 C del procedimiento concursal de Turindor, S.L., se ha dictado con fecha 13/05/2016 auto, en el que se acuerda:1. La conclusión del presente procedimiento concursal de Turindor, S.L., con CIF B07278526, con conclusión y archivo de las actuaciones.2.-Aprobar las cuentas rendidas por la Administración concursal.3.-La extinción de la persona jurídica y cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil.Palma de Mallorca, 13 de mayo de 2016.- Letrado de la Administracion de Justicia.

18-05-2012
A120034639

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
Doña Paula Cristina de Juan Salva, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:1.º-Que en los autos seguidos en este Juzgado n.º 193/12-B (NIG: 07040 47 1 2012 0000323) se ha dictado en fecha 2 de mayo de 2012 Auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Turindor, S.L., CIF B07278526, con domicilio en avenida del Boulevard, n.º 19, de Cala D’Or, Santanyi.2.º-Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la concursada.3.º-Se ha nombrado Administrador concursal a don Felipe Baza de la Fuente, Economista, con domicilio profesional en C/ Pedro Dezcallar i Net, n.º 13, P 10, 2.º, C.P. 07003 de Palma de Mallorca, dirección de correo electrónico [email protected]; la dirección postal donde efectuar comunicación de créditos es la misma que el despacho para el ejercicio del cargo.4.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a partir de siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado», mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito.5.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal).Palma de Mallorca, 14 de mayo de 2012.- La Secretaria judicial.

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